Economía/Empresas.- Bruselas plantea armonizar en la UE el plazo de liquidación de las empresas en quiebra

Actualizado: viernes, 5 julio 2013 16:53


BRUSELAS, 5 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Comisión Europea ha planteado este viernes armonizar en la UE el plazo de liquidación de las empresas en quiebra, imponiendo un procedimiento rápido, con el objetivo de facilitar una segunda oportunidad a los empresarios al tiempo que se protege el derecho de los acreedores a recuperar su dinero.

Actualmente, el tiempo necesario para cerrar una empresa en situación de quiebra varía notablemente dentro de la UE, desde los cuatro meses de Irlanda a los más de seis años de la República Checa, y en algunos países los empresarios en quiebra no puede obtener el levantamiento en absoluto, según denuncia la Comisión.

En la UE, quiebra cada año una media de 200.000 empresas, lo que resulta en la pérdida de 1.700.000 puestos de trabajo directos. Una cuarta parte de estas quiebras incluyen un elemento transfronterizo. Las diferencias entre las legislaciones nacionales en materia de insolvencia, alega Bruselas, pueden crear inseguridad jurídica y un entorno empresarial hostil.

Por ello, el Ejecutivo comunitario quiere elaborar un nuevo marco jurídico europeo sobre insolvencia de las empresas y para ello ha lanzado este viernes una consulta pública, que estará abierta hasta el 11 de octubre a fin de recabar la opinión de todos los interesados.

*Europa necesita una cultura de rescate y recuperación de personas y empresas viables en dificultades financieras*, ha declarado la vicepresidenta y responsable de Justicia, Viviane Reding. *Los propietarios de empresas que sean personas íntegras deben tener una segunda oportunidad, de modo que su insolvencia no se convierta en una sentencia de por vida si algo sale mal", ha defendido.

Además de armonizar el tiempo necesario para cerrar una empresa en situación de quiebra, la consulta aborda las normas que regulan el ejercicio de la profesión de los liquidadores.

También se pregunta a los interesados si las normas vigentes sobre las obligaciones y responsabilidades de los directores en caso de insolvencia generan problemas en la práctica y si deben introducirse normas a escala de la UE para garantizar que los gestores fraudulentos que hayan sido inhabilitados en un país se vean imposibilitados de gestionar una empresa en otro país.

Por último, se consulta sobre si la inseguridad jurídica causada por las distintas condiciones que rigen la anulación ante los tribunales nacionales de los actos de deudores insolventes que perjudiquen a sus acreedores ha creado problemas en la práctica.