Economía/Empresas.- El registro de las empresas de reunificación de deudas llega "con bastante retraso", según la OCU

Actualizado: jueves, 3 febrero 2011 14:33


MADRID, 3 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Ministros ha aprobado "con bastante retraso", según la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), el Registro Estatal de intermediarios financieros, es decir de las empresas de reunificación de deudas.

Esta medida, que la OCU había pedido "reiteradamente", obliga a este tipo de empresas a inscribirse en un registro, previo cumplimiento de ciertos requisitos, lo cual, según la organización, da "más garantías" a los usuarios de estos servicios.

Entre los requisitos se establece un importe mínimo del seguro de responsabilidad o del aval bancario que, con carácter previo a la inscripción en el registro, deberán contratar las empresas. La cantidad fijada es 300.000 euros para el primer año y dicha cantidad se multiplicará por el número de establecimientos que tenga operativos la compañía.

Una vez que entre en vigor el Real Decreto, las empresas de reunificación de deudas tendrán un máximo de tres meses para cumplir los requisitos e inscribirse en el Registro Estatal.

No obstante, la OCU ha destacado que el "retraso" con el que llega la medida ha permitido a muchas entidades de este tipo operar a pesar de incumplir lo que establece la ley, por lo que aunque reconoce que el registro da confianza a los clientes, éstos no deben "bajar la guardia", ya que no consideran a estas compañías como una "opción recomendable".