MADRID, 13 Mar. (EUROPA PRESS) -
El juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco, instructor del 'caso Crucero', ha respondido al abogado del expresidente de la CEOE Gerardo Díaz Ferrán que remita a Instituciones Penitenciarias o al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria su petición de entrevistarse en la cárcel con su cliente sin mampara de separación para lograr una mejor comunicación.
El abogado Nicolás González-Cuéllar presentó este martes un escrito al titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 pidiendo que acuerde que las entrevistas que mantiene en prisión su cliente con sus letrados se realicen sin mamparas de cristal que impidan la comunicación verbal directa y el intercambio de la documentación.
Según argumenta, el manejo e intercambio de documentación con la defensa es esencial, máxime cuando se trata de delitos económicos y societarios como los investigados a Díaz Ferrán, quien se encuentra en prisión provisional bajo fianza desde el pasado 5 de diciembre.
A su entender, la existencia de una barrera física imposibilita "en grado superlativo" la efectividad del derecho fundamental de defensa, el cual "está siendo conculcado hasta el momento y continuará siéndolo si no se remedia". En caso de que persista la infracción, no descarta elevar este asunto al Tribunal Constitucional o al Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
NO HAY RIESGO PARA LA SEGURIDAD EN EL CASO DE DÍAZ FERRÁN
El letrado y catedrático de Derecho Procesal aporta una sentencia del Tribunal de Estrasburgo para respaldar su petición, al tiempo que recuerda que la jurisprudencia comunitaria es "vinculante" para España, aunque haya sido "ignorada" en la práctica en lo que se refiere a las entrevistas entre abogados y presos preventivos.
Se hace eco así de la sentencia dictada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en mayo de 2007 contra Moldavia, en la que se reconoce que el derecho de defensa "reclama que la entrevista entre el preso preventivo y su letrado pueda realizarse sin un cristal situado como barrera física entre ambos, como regla general que sólo puede ser objeto de excepción si lo aconsejan las circunstancias personales del interno para evitar riesgos para la seguridad".
En el caso de Díaz Ferrán, el abogado destaca que es "del todo evidente" que no concurre riesgo alguno para la seguridad y, en consecuencia, la regla general marcada por la jurisprudencia europea "debe ser de inmediato cumplida".
A lo largo de su escrito, González-Cuéllar destaca que el derecho de defensa es "uno de los más primordiales de los derechos humanos" y repasa episodios históricos referidos a la Biblia o la Inquisición reconociendo este derecho. Hace alusión también a la reciente sentencia del Tribunal Supremo sobre su vulneración en la intervención de comunicaciones entre presos preventivos y abogados.
El juez Eloy Velasco instruye el supuesto vaciamiento patrimonial del Grupo Marsans para evitar el pago a sus acreedores. Investiga si Díaz Ferrán y su socio Gonzalo Pascual, que falleció en junio pasado, utilizaron las empresas de Ángel De Cabo para no pagar las deudas con los acreedores, que las mayoristas denunciantes cuantifican en 45 millones de euros.