Aviso: Esta noticia tiene más de un año. Última actualización: 12/02/2009 16:40
Economía/Transportes

Afectados por el ruido de Barajas celebran la desestimación del recurso de AENA

   La Asociación Nacional de Afectados por el Impacto del Tráfico Aéreo celebraron hoy por la desestimación del recurso presentado por Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) ante el Tribunal Supremo contra la sentencia en la que se consideraba lesionado el derecho a la intimidad domiciliaria provocado por el ruido que producen los aviones que sobrevuelan la urbanización de Santo Domingo, en Algete.

   Para la asociación, el fondo de la cuestión ha quedado además "reforzado", ya que aseguran que AENA alegó un "incidente de nulidad y vicios y defectos en el procedimiento, y no argumentos que demuestren que el tráfico aéreo que soportan los afectados no es causa de vulneración de sus derechos fundamentales".

   En este sentido, la Asociación Nacional recomendará y asesorará a las organizaciones de afectados integradas en su seno sobre cómo incorporar este dictamen en las acciones legales que éstas tengan en curso, así como iniciar nuevas, ya que "hay zonas afectadas por el tráfico aéreo cuya afección acústicas es sensiblemente m más grave que la que soportan los vecinos de Santo Domingo".

LA SENTENCIA

   La Sala 7ª de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo notificó ayer la desestimación de incidente de nulidad promovido por AENA respecto a la sentencia del pasado noviembre que reconoce lesión del Derecho Fundamental a la intimidad domiciliaria de Ciudad Santo Domingo y ordena la cesión de la causa de la lesión, es decir de los sobrevuelos de aviones.

   Además, condena a AENA a pagar 6.000 euros a cada uno de los cinco vecinos demandantes, representantes del resto de 5.000 residentes de esta colonia cercana a Algete.

   Para los abogados de los vecinos es destacable que el Ministerio Fiscal haya propugnado la desestimación del incidente, formulado por AENA y con el Abogado del Estado. "Trataba de señalar vicios o defectos que indicasen que se les ha causado indefensión, para ganar tiempo o poder acceder al Tribunal Constitucional", señalan en un comunicado.

   El Tribunal indica que los motivos formulados no pueden prosperar y destaca que los elementos de prueba acreditan la lesión del derecho a la intimidad domiciliaria y determina que la Sentencia no incurre en las infracciones denunciadas por AENA en derecho a tutela judicial efectiva.

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Carmen Tomás

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por Carmen Tomás
 
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