Actualizado 14/10/2008 15:43

Protección de Datos recurrirá la sentencia del Supremo que exime a la Iglesia de anotar las apostasías

MADRID, 14 Oct. (EUROPA PRESS) -

El director de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), Artemi Rallo, anunció hoy que este organismo presentará un incidente de nulidad de actuaciones ante el Tribunal Supremo frente a la sentencia del pasado 19 de septiembre, en la que se eximía a la Iglesia de anotar las apostasías en los Libros de Bautismo. En caso de no prosperar este trámite, interpondrá un Recurso de Amparo ante el Tribunal Constitucional.

Además, la AEPD también se ha dirigido al Fiscal General del Estado y al Defensor del Pueblo "como sujetos legitimados expresamente" para solicitarles la interposición de este recurso ante el Constitucional.

En una rueda de prensa, Rallo aseguró que la agencia "no puede ni debe eludir su compromiso" ante una decisión que, a su entender, "vulnera la configuración del derecho fundamental a la protección de datos".

En este sentido, destacó que en el recurso se contemplará la interpretación que el Supremo realiza del concepto de 'fichero', a su entender una "limitación" de la doctrina del Tribunal Constitucional". Según el director de la agencia, el Alto Tribunal niega la condición de ficheros a estos libros "al afirmar que se trata de una acumulación de datos, cuando es incuestionable que es un conjunto organizado de datos conforme a un criterio determinado: la fecha de bautismo".

Rallo advirtió que esta consideración tiene un "alcance impredecible" que podría afectar a futuras sentencias sobre datos personales. "El tribunal podría valorar la condición de fichero en conjuntos de datos sobre los que efectivamente debería operar la garantía del derecho fundamental de protección".

Asimismo, aseguró que la sentencia "ignora el ámbito de aplicación en los tratamientos informatizados y no informatizados" y realiza una "aplicación indebida" de la normativa, al recurrir a la ley orgánica de la Regulación del Tratamiento Automatizado de los Datos de Carácter Personal (LORTAD)-- y no a la actual Ley Orgánica de Protección de Datos-- como "referente constitucional" en este ámbito.

RECURSOS PENDIENTES

Según Rallo, la agencia "esperará a un pronunciamiento jurisprudencial" del Tribunal Supremo para valorar las peticiones de apostasías que todavía están pendientes. "En cuanto se produzcan más sentencias en esta línea, la agencia incorporará a sus resoluciones la doctrina del Supremo y desestimará los recursos pendientes", señaló. No obstante, aclaró que, en caso de producirse una sentencia en el futuro "favorable" al criterio de la AEPD, los afectados podrán volver a recurrir.

La AEPD ha dictado hasta el 5 de octubre de este año un total de 650 resoluciones referidas a las apostasías y 556 solicitudes de tutelas están pendientes de resolución. Asimismo, la Audiencia Nacional ha emitido 171 sentencias favorables al criterio de la agencia, estando pendientes otras 123.

El presidente de este organismo destacó que las resoluciones de la agencia son recurridas "principalmente" por los arzobispados de Valencia y Madrid. "No son los únicos, pero sí los que recurren de manera sistemática", aclaró.