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Aviso: Esta noticia tiene más de un año. Última actualización: 20/08/2010 12:02

La UE prohíbe desde hoy el comercio de productos derivados de foca en el mercado comunitario

   El comercio de productos derivados de la foca queda prohibido desde hoy dentro del mercado comunitario, aunque la Unión Europea prevé algunas excepciones para conservar la caza tradicional de algunas comunidades aborígenes como los esquimales inuits y para permitir las capturas necesarias en algunos países nórdicos para gestionar las especies marinas.

   Las importaciones de este tipo de artículos a la UE también quedan prohibidas con la entrada en vigor este viernes de la nueva norma acordada por los 27 y la Eurocámara. Sí estará autorizada su entrada con carácter "excepcional" si se trata de bienes personales de viajeros o sus familias, sin razón comercial.

   En concreto, se prohíbe la "comercialización, la importación, el tránsito o la exportación de productos derivados de la foca" en la Unión Europea. El reglamento se refiere a productos, transformados o no, derivados u obtenidos de las focas, entre ellos la carne, el aceite, la grasa, los órganos y las pieles.

   La comercialización de cualquier artículo elaborado a partir de pieles de foca queda vetada, sean pieles en bruto, curtidas o adobadas, incluso aquellas ensambladas en napas, trapecios o presentaciones análogas.

   En la práctica, esto supone que no se podrán vender en el mercado comunitario, ni exportar artículos como bolsos, gorros, botas u guantes utilizados por los motoristas, esquiadores y boxeadores. Tampoco estarán permitidos los productos parafarmacéuticos como los compuestos por ácidos grasos Omega 3.


 

Ecuador detecta "remesas inversas"

Los ecuatorianos recurren a propiedades y ahorros para subsistir en España


El Ministro de la Secretaría Nacional del Migrante (Senami) del Gobierno de Ecuador, Francisco Hagó, afirma que con la crisis, se está produciendo un fenómeno de "remesas inversas" por el que sus emigrantes retiran ahorros y venden sus propiedades para "afrontar gastos corrientes" como el alquiler, la hipoteca o incluso la alimentación, y poder así seguir viviendo en España.Ampliar

 

 

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