Actualizado 30/03/2017 16:27

La Junta presenta en Huelva la nueva Ley de Servicios Sociales a ayuntamientos, asociaciones y centros del sector

Presentan la nueva ley de Servicios Sociales de la Junta.
EUROPA PRESS/JUNTA

HUELVA, 30 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Junta de Andalucía ha organizado este jueves unas jornadas informativas sobre la nueva Ley de Servicios Sociales dirigida a representantes de los ayuntamientos, asociaciones y centros asistenciales de este sector en la provincia de Huelva, con el objetivo de presentarles la normativa y desgranar las principales novedades que incorpora.

La secretaria general de Políticas Sociales, Purificación Gálvez, ha presidido el acto en compañía del delegado del Gobierno andaluz en Huelva, Francisco José Romero, y el delegado territorial del ramo, Rafael López.

Según ha informado la Junta en una nota de prensa, los representantes autonómicos han coincidido en resaltar "el carácter pionero" de la norma, en vigor desde finales del año pasado, que convierte a Andalucía en la primera comunidad autónoma que confiere rango legal a las coberturas básicas en esta materia, además de establecer nuevos derechos ciudadanos.

Entre éstos se encuentran el de la persona a decidir su propia intervención y a disponer de un profesional de referencia, así como a dejar constancia de su voluntad anticipada sobre los recursos que quiere recibir en previsión de una futura limitación de su capacidad de obrar.

Asimismo, según han remarcado, "blinda las prestaciones básicas a las que puede acceder la población; universaliza los servicios sociales, que conforman el cuarto pilar del Estado del bienestar, y garantiza la titularidad y la gestión pública de los servicios sociales comunitarios".

El texto ha sido objeto de debate por parte de los agentes económicos y sociales, colectivos profesiones, entidades del tercer sector y los grupos políticos, que han registrado sus aportaciones. Así, durante su tramitación parlamentaria, se ha ampliado la cartera inicial de servicios garantizados como derechos subjetivos con la incorporación de la ayuda a domicilio, los equipos de tratamiento familiar, las situaciones de emergencia, el alojamiento alternativo y servicios relacionados con programas de drogodependencias, principalmente.

La nueva ley sustituye a la norma vigente desde 1998 e incluye otros servicios novedosos considerados también derechos subjetivos como la historia social única digitalizada y una tarjeta social universal para cada persona dentro del sistema. Ambos serán instrumentos claves para la gestión del sistema.

Igualmente novedosa es la incorporación de la perspectiva deontológica y el impulso a la investigación mediante la creación de órganos específicos. La ley está estructurada en 141 artículos agrupados en 6 títulos, seis disposiciones adicionales, tres transitorias, una derogatoria y tres finales.

Otro de los avances destacados de la ley es que se potencia el sistema de los servicios sociales comunitarios de los ayuntamientos como la puerta de entrada a la que se dirigen los ciudadanos y donde se tramitan prestaciones destacadas como la dependencia, las medidas del Decreto de Inclusión, el programa de ayuda a la contratación o suministros vitales básicos y las prestaciones de urgencia social.

CATÁLOGO DE PRESTACIONES

Respecto al catálogo de prestaciones garantizadas, destacan los servicios de información, valoración, orientación y asesoramiento; la teleasistencia; la atención en urgencia social; los servicios específicos de protección de menores en situaciones de riesgo o desamparo; las prestaciones económicas específicas y directas contra la exclusión y para la erradicación de la marginación y la desigualdad; la protección jurídica y social de personas con capacidad limitada, y las prestaciones ligadas a las situaciones de dependencia.

Todos ellos podrán exigirse ante los tribunales de justicia. Además de éstos, la ley prevé otras prestaciones condicionadas a la disponibilidad de recursos.

El catálogo de prestaciones diferencia entre las ofertadas a través de los servicios sociales comunitarios y las de los servicios sociales especializados. Todas las actuaciones en las que intervienen los servicios sociales van orientadas a potenciar el empoderamiento de las personas, así como su máximo nivel de bienestar, calidad de vida y autonomía.

Igualmente, se establece la elaboración de un Plan Estratégico de Servicios Sociales con el fin de programar las prestaciones, servicios y programas necesarios para cumplir los objetivos del sistema andaluz.

Por otra parte, la norma recoge la creación de la historia social única, digitalizada y universal, una herramienta electrónica que permitirá mayor coordinación de los profesionales. También para una mejor gestión de los servicios, se crea la tarjeta social electrónica para todos los andaluces.

SERVICIOS SOCIALES TERRITORIALES

La ley distingue entre zonas básicas de servicios sociales --antes denominadas zonas de trabajo social-- y áreas de servicios sociales, dependiendo del territorio donde actúan. Así, en la zona básica se estructuran las prestaciones y recursos de los servicios sociales comunitarios y aquellos que por su complejidad y necesidad precisen una mayor cercanía a donde viven las personas. En cuanto al área de servicios sociales, habrá al menos una por provincia e integrará las prestaciones y recursos de los servicios especializados.

Ambas zonas se ordenarán a través del Mapa de Servicios Sociales de Andalucía, un instrumento flexible que tendrá en cuenta criterios demográficos, geográficos, organizativos, de comunicaciones y sociales. Este documento permitirá conocer las necesidades sociales de la comunidad andaluza en cada momento, a la vez que favorecer la coordinación entre los recursos sociales y los sanitarios.

INICIATIVA SOCIAL

La ley, por otra parte, establece que, en igualdad de condiciones, las administraciones públicas priorizarán la colaboración con entidades de iniciativa social como fundaciones, asociaciones, organizaciones de voluntariado y entidades sin ánimo de lucro, entre otras. Según el texto de la norma, se prohíbe a la iniciativa privada y social la posibilidad de crear centros o servicios reservados o que desempeñen funciones reservadas exclusivamente a la iniciativa pública.

El partenariado, patrocinio y mecenazgo en los servicios sociales son otras de las modalidades previstas en la ley. La participación social y ciudadana también está presente mediante la regulación de instrumentos como el Consejo de Servicios Sociales de Andalucía, los Consejos Sectoriales o los Consejos Provinciales y Locales.

Se fomenta la participación del movimiento asociativo y de personas de forma individual a través del uso de las tecnologías de la información, encuestas, el uso intensivo de internet y las redes sociales, entre otros.

INVESTIGACIÓN

La nueva Ley de Servicios Sociales prevé la creación del Comité de Ética de los Servicios Sociales de Andalucía y la elaboración de un código ético. Igualmente, contiene elementos novedosos en el ámbito de la investigación, incluyendo el compromiso de desarrollar una estrategia que permita introducir los principios éticos en la provisión de los servicios sociales. Con esta finalidad se crearán la Red Andaluza de Investigación de Políticas Sociales y la Red de Agentes del Conocimiento en Políticas Sociales.

Por último, la ley persigue, entre otros fines, una administración más eficiente y eficaz y una atención integral y coordinada a las personas que accedan al sistema público de servicios sociales. Además, dota de mayor transparencia a los servicios y prestaciones que se ofrecen y fomenta la cultura de calidad y seguridad en dicho sistema.