Actualizado 26/09/2017 13:09

Sanciones a Caja Rural de Jaén, Barcelona y Madrid de 489.000 euros por cláusulas en hipotecas

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EUROPA PRESS

El procedimiento se inició tras la presentación de diez denuncias, tramitadas en el marco de una campaña de la Inspección de Consumo

SEVILLA, 26 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Gobierno ha acordado sancionar con 489.764 euros a la entidad Caja de Jaén, Barcelona y Madrid por introducir cláusulas abusivas en contratos de préstamos hipotecarios y por incumplimiento de la información de prestación de servicio. El procedimiento se inició en diciembre de 2016, tras la recepción de diez denuncias de particulares, que fueron tramitadas en el marco de una campaña de control de la Inspección de Consumo contra la inclusión de 'cláusulas suelo' en las escrituras.

Según ha indicado la Junta en una nota, la sanción incluye 430.000 euros por dos infracciones, calificadas como muy graves, contra la legislación vigente de defensa de los consumidores. Además, se acuerda el comiso del beneficio ilícito obtenido, cuantificado en 59.762 euros.

Con éste, ya son seis los expedientes sancionadores a entidades bancarias resueltos por el Consejo de Gobierno en lo que va de año, con más de 8,2 millones de euros por las infracciones y el comiso de las cantidades indebidamente cobradas.

De acuerdo con la normativa vigente, son cláusulas abusivas aquellas que "causan un desequilibrio en la posición entre el consumidor y el empresario, por ejemplo, reservando a éste facultades para interpretar, modificar o resolver unilateralmente el contrato; imponiendo garantías desproporcionadas al riesgo asumido, o estableciendo la renuncia del prestatario al derecho a la notificación en caso de cesión del préstamo". Esta práctica ha sido calificada como muy grave y sancionada con 215.000 euros.

Con la misma cantidad se ha sancionado "el incumplimiento del deber de información de prestación de servicio y, concretamente, sobre las 'cláusulas suelo'". Estas se introducen en los contratos de préstamo hipotecario a interés variable (generalmente con el Euríbor como índice de referencia) y prevén que, aunque el tipo se sitúe por debajo de un determinado umbral (suelo) establecido en la propia hipoteca, la persona consumidora seguirá abonando lo correspondiente a ese umbral y no la cantidad equivalente a la bajada del Euríbor.

Para la fijación de estas cantidades se han tenido en cuenta como agravantes "la posición relevante del infractor en el mercado y el perjuicio causado a los consumidores, valorado en la misma cantidad del comiso por beneficio ilícito".

Además de la legislación que se aplica en esta sanción, la comunidad autónoma cuenta también con la Ley de Protección de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias en la Contratación Hipotecaria de Vivienda, que fue aprobada por el Parlamento andaluz en mayo del pasado año para aumentar las garantías y el derecho a la información de los andaluces en estas materias. El texto aporta una serie de mejoras respecto a la normativa estatal en cuanto a los datos que se debe proporcionar a quien suscribe un préstamo hipotecario y, además, extiende la protección a los avalistas.

Según datos de la Consejería de Salud, la Dirección General de Consumo ha recibido en lo que va de año 12.650 reclamaciones y ha atendido 31.820 consultas a través del servicio multicanal Consumo Responde. Los trámites bancarios aglutinan 1.386 de las primeras (112 sobre cláusulas suelo).

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