Actualizado 16/01/2018 15:11

Junta aprueba un decreto para agilizar la provisión de peritos, traductores y asistentes lingüísticos en la Justicia

La norma consolida el pago a los profesionales sin esperar a la sentencia, una medida no prevista en la normativa estatal

SEVILLA, 16 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Gobierno ha aprobado este martes un decreto que establece medidas para agilizar la puesta a disposición de los órganos judiciales y el Ministerio Fiscal, de peritos, traductores e intérpretes con cargo a la Administración de la Junta.

Además, la norma regula el procedimiento de pago a los profesionales en el momento de la conclusión de sus trabajos, sin tener que esperar al pronunciamiento de la sentencia. Se reconoce así reglamentariamente una práctica que ya se viene realizando en Andalucía, a diferencia de lo establecido en la normativa estatal y en otras comunidades autónomas.

El decreto determina los supuestos en los que la Administración autonómica debe sufragar los gastos de las pruebas periciales, traducciones e interpretaciones en los procedimientos judiciales.

La Junta asume el coste de las primeras cuando se reconoce el derecho a la asistencia jurídica gratuita del solicitante y cuando son acordadas de oficio por los tribunales o a instancia del Ministerio Fiscal. La norma excluye los servicios que realicen profesionales designados judicialmente a instancia de parte y a su costa.

En cuanto a las traducciones e interpretaciones, se incluyen las acordadas por los órganos judiciales o el Ministerio Fiscal y también la asistencia lingüística solicitada por investigados, encausados, testigos y víctimas de delitos que no entiendan el castellano.

El nuevo reglamento prima la prestación del servicio por medio de recursos propios de la Administración autonómica y sus entidades instrumentales, recurriendo a profesionales privados de modo excepcional y garantizando la objetividad en su designación y el abono de las facturas.

En relación con los pagos y, en su caso, los reintegros de los gastos en los que incurre la Administración, el decreto introduce medidas para mejorar la gestión y el control del gasto público. Los reintegros se deciden en función de la posible mejora de las condiciones económicas de los beneficiarios de la asistencia jurídica gratuita y de la declaración que, en materia de costas, contenga la resolución judicial.