Actualizado 14/05/2018 14:36

La Junta pone a disposición de los contribuyentes de Sevilla 13 puntos de atención gratuita para la campaña del IRPF

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SEVILLA, 14 May. (EUROPA PRESS) -

La Junta de Andalucía ha puesto a disposición de los contribuyentes de la provincia de Sevilla un total de 13 puntos de atención gratuita para la confección, modificación de datos y presentación de Declaraciones de la Renta correspondientes a 2017.

Este servicio se gestiona en la sede de la Agencia Tributaria de Andalucía (Atrian) de la capital y en las otras doce Oficinas liquidadoras de la provincia, ubicadas en Alcalá de Guadaíra, Carmona, Cazalla de la Sierra, Dos Hermanas, Écija, Estepa, Lora del Río, Marchena, Morón de la Frontera, Osuna, Sanlúcar la Mayor y Utrera. Hasta la fecha, más de 270.000 contribuyentes sevillanos han presentado su Declaración de la Renta, según ha informado la Junta en una nota.

El objetivo de esta iniciativa es facilitar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, asistiéndoles en la liquidación del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) mediante un servicio de atención presencial y personalizada. En todo el territorio de la comunidad autónoma están disponibles un total de 98 puntos de atención.

La previsión de la Agencia Tributaria es atender en toda Andalucía en torno a 40.000 contribuyentes que podrán acceder a este servicio mediante cita previa durante toda la campaña de la Renta, es decir, hasta el próximo 29 de junio. Para un mejor servicio, las citas pueden acomodarse a las necesidades de los ciudadanos, de modo que los puntos de atención estarán abiertos al público durante toda la jornada, en horario continuado de mañana y tarde.

Un total de 211 empleados públicos atienden personalmente a los ciudadanos para la correcta confección de su IRPF a través del modelo RentaWEB. Asimismo, proporcionan información sobre los beneficios fiscales autonómicos que se pueden aplicar y que, al tratarse de datos propios, pueden no estar recogidos en los borradores de la declaración.

El IRPF es un tributo personal y directo que grava la renta, cuya recaudación está cedida parcialmente a las comunidades autónomas que tienen atribuidas determinadas competencias normativas. Así, la Junta ha regulado deducciones para los contribuyentes de la comunidad orientadas a favorecer a las familias, el acceso a la vivienda, con especial atención a los jóvenes, la protección de las personas con discapacidad y los trabajadores.

DEDUCCIONES AUTONÓMICAS

En el ámbito familiar se pueden aplicar deducciones de 50 euros por cada hijo menor de tres años así como por parto múltiple; de 600 euros por adopciones internacionales; y de 100 euros para familias monoparentales, que podrán incrementarse con otros 100 euros en el caso de que convivan con ascendientes mayores de 75 años.

Asimismo, las familias en las que ambos progenitores trabajen y tengan ayuda doméstica pueden deducirse el 15 por ciento de las cotizaciones a la Seguridad Social por ese contrato.

Para el apoyo a personas con discapacidad, Andalucía ha establecido deducciones de 100 euros para contribuyentes con discapacidad igual o superior al 33 por ciento o cuyo cónyuge o pareja de hecho tenga reconocida una discapacidad del 65 por ciento. La misma cuantía podrá deducirse por asistencia a descendientes o ascendientes con discapacidad así como el 15 por ciento de los costes de Seguridad Social, hasta un máximo de 500 euros anuales, por los gastos de asistencia por terceras personas.

La Junta también aplica deducciones por la percepción de ayudas para la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual protegida (30 euros), así como por inversión en vivienda habitual (2% de las cantidades satisfechas para adquisición o rehabilitación en vivienda protegida durante el ejercicio) y para jóvenes menores de 35 años (3% de inversión en vivienda habitual). Asimismo, será deducible el 15 por ciento de las cantidades destinadas al alquiler de vivienda habitual de jóvenes hasta un máximo de 500 euros en el periodo impositivo.

Los andaluces también pueden aplicarse deducciones del 20 por ciento de lo invertido en adquisición de acciones y participaciones sociales como consecuencia de acuerdos de constitución de sociedades o ampliación de capital en sociedades mercantiles. También serán deducibles los gastos de defensa jurídica en procedimientos de despido, extinción de contratos y reclamaciones, con un límite de 200 euros.