La Fiscalía archiva la denuncia de SOS Racismo contra Maroto

Actualizado: lunes, 9 marzo 2015 14:04

BILBAO, 9 Mar. (EUROPA PRESS) -

   La Fiscalía Superior del País Vasco ha decidido archivar la denuncia de SOS Racismo contra el alcalde de Vitoria, Javier Maroto (PP), por considerar que sus manifestaciones sobre que las personas magrebíes "viven de las ayudas sociales" y no quieren "trabajar ni integrarse", se realizaron "en el ejercicio de su libertad a expresar y a difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones", así como en el de "la libertad ideológica".

SOS Racismo denunció a Javier Maroto ante la Fiscalía por un supuesto delito de "incitación al odio" y contra los derechos de los extranjeros, después de que el regidor asegurara que el colectivo de magrebíes "vivía principalmente de las ayudas sociales y no tienen interés en trabajar o integrarse".

El Fiscal señala que "la libertad de expresión es un derecho fundamental reconocido en la Constitución", cuyo límite es "el respeto" a los derechos al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.

El Ministerio Público añade que "en la colisión a veces existente entre las libertades de expresión y de participación política, por un lado, y las obligaciones derivadas de la legalidad penal, por otro, hay que acreditar con suficiente claridad los perfiles de tipicidad e ilicitud de la conducta enjuiciada para poder iniciar acciones penales".

Calparsoro indica que la libertad de expresión, tal como la concibe la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, "tiene por finalidad esencial garantizar el pluralismo como un elemento indispensable de la democracia, en particular mediante la tutela del derecho de toda persona a difundir libremente información o ideas".

De esa forma, constata que "las personas no sólo tienen el derecho de formar libremente su opinión sobre cualquier tema, sino también el derecho de efectuar sus propias contribuciones al debate público sobre cuestiones diversas en sus respectivas sociedades".

Por esa razón --recuerda-- el Tribunal Europeo "ha resaltado que los límites a la libertad de expresión han de ser interpretados de manera restrictiva, incluso cuando se trata de ideas que 'ofenden, escandalizan o molestan'".

El fiscal afirma que esto ha de aplicarse "de manera particularmente rigurosa" a las opiniones relativas a temas de interés general, ya que "mientras mayor es la importancia del asunto que se discute, más amplia ha de ser la protección de la libertad de expresión y más estricta la interpretación de las limitaciones que es legítimo imponerle".

Calparsoro subraya que los principios sentados por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos "intentan alcanzar un equilibrio entre diversos intereses jurídicos", con la finalidad de propiciar un clima jurídico "en el que puedan ejercerse de hecho todas las libertades fundamentales por parte de todos".

OFENSAS

De todas formas, precisa que al tratarse de principios que implican limitaciones a las libertades, "reclaman una interpretación restrictiva y cuidadosa". El fiscal reconoce que "en la práctica, no siempre es fácil distinguir entre aquellas ofensas que constituyen lenguaje de odio y aquellas otras que son solamente 'ofensas gratuitas'", en el significado en que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos usa este término".

El fiscal indica que el lenguaje de odio está excluido de la protección que el Convenio Europeo de Derechos Humanos, mientras que las ofensas gratuitas han de ser analizadas a la luz del artículo 10.2 de dicho convenio. Es decir, que "no se descarta que un Estado pueda adoptar medidas restrictivas frente a esa clase de lenguaje ofensivo, pero se debe examinar, en el caso concreto, si tales medidas pueden considerarse 'necesarias en una sociedad democrática'".

REPRESENTACIÓN PÚBLICA

Calparsoro recuerda que el denunciado es un parlamentario al que por ello y, siguiendo la doctrina del Tribunal Europeo, "debe garantizársele más si cabe la libertad de expresión, pues ostenta una representación pública y, de alguna manera, está obligado a participar en el debate público para conformar el pluralismo político".

En esta línea, señala que los derechos y libertades fundamentales a expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones; a la libertad ideológica y a participar en los asuntos públicos, "tienen unos márgenes mayores que en otros ámbitos o contextos".

SOS Racismo Álava ha anunciado que volverá a presentar denuncia ante un Juzgado de Vitoria, "de conformidad con el artículo 773,2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal".

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