Gobierno vasco edita una guía para informar a los inmigrantes sobre cómo votar en las elecciones municipales

Actualizado: viernes, 7 enero 2011 12:25

El próximo 15 de enero concluye el periodo de inscripción que da derecho a sufragio

BILBAO, 7 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Departamento de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno vasco ha editado una guía para informar a la población inmigrante sobre cómo puede participar en las próximas elecciones municipales. El próximo 15 de enero concluye el periodo de inscripción que da derecho a votar.

La Dirección de Inmigración del Gobierno vasco ha iniciado la distribución de una guía en la que se informa de los requisitos que deberán cumplir las personas inmigrantes para poder votar en las próximas elecciones municipales del 22 de mayo. La información se ha remitido a todas las asociaciones de inmigrantes del País Vasco y a los técnicos de inmigración de los ayuntamientos.

La publicación editada por el Departamento de Empleo y Asuntos Sociales recuerda que el próximo 15 de enero concluye el periodo de inscripción que da derecho a votar y a elegir a las personas que gobernarán los ayuntamientos de España durante los próximos cuatro años, y lo hace en las lenguas de mayor uso entre los inmigrantes con capacidad para ejercer ese derecho a participar en las elecciones municipales; además del castellano y el euskera, el francés, rumano, inglés y búlgaro.

En este sentido, la guía para las elecciones municipales detalla que también tienen derecho al voto "las personas con nacionalidad de países que no sean de la Unión Europea y con los que el Estado español tiene firmados acuerdos para las elecciones municipales". En la actualidad, estos países son: Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador, Paraguay, Perú, Noruega y Nueva Zelanda.

Los oriundos de estos países podrán votar si son mayores de 18 años, no están privados del derecho al voto, están inscritos en el Padrón municipal correspondiente y tienen autorización de residencia en España. Igualmente, quienes quieran ejercer su derecho al voto tendrán que "haber residido en España de forma regular e ininterrumpida durante, al menos, los 5 años anteriores a la inscripción en el Censo electoral; excepto en el caso de los ciudadanos noruegos, que solo necesitan 3 años.

Las personas con nacionalidad de países de la Unión Europea (Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, República Checa, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Suecia, Reino Unido y Rumania), además de en las elecciones al Parlamento europeo, también pueden votar en las elecciones municipales. Para ello, deberán realizar una declaración formal de la voluntad de ejercer el derecho al voto en el Ayuntamiento en el que estén empadronadas

Las personas interesadas pueden solicitar información en su ayuntamiento, en las Delegaciones provinciales de la Oficina del Censo electoral y en el teléfono 901.101.900.