Ibarra dice que "no se pueden cuestionar" los derechos "subjetivos" de la 25 promoción de la Ertzaintza

Juan Luis Ibarra
EUROPA PRESS
Actualizado: jueves, 22 septiembre 2016 13:57

Destaca que el TSJPV resolverá sobre la ejecución provisional de la sentencia que anula la OPE de 2015 "en la segunda semana de octubre"

SAN SEBASTIÁN, 22 Sep. (EUROPA PRESS) -

El presidente del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), Juan Luis Ibarra, ha afirmado que "no se pueden cuestionar" los derechos "subjetivos" adquiridos por los integrantes de la 25 promoción de la Ertzaintza, que realizan prácticas desde el pasado julio, con la ejecución de la sentencia que anula la convocatoria de la Oferta Pública de Empleo (OPE).

En declaraciones a los medios de comunicación en San Sebastián, Ibarra, preguntado sobre el hecho de que la Abogacía del Estado haya solicitado al TSJPV que ejecute la sentencia, con "efectos de anulación" de la citada OPE, convocada en 2015 para la provisión de 254 plazas en la Ertzaintza e impugnada por la Abogacía en la jurisdicción contencioso-administrativa.

La resolución dictada el pasado 13 de julio anuló la convocatoria por infringir el artículo 21 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2015, en lo relativo al incumplimiento de la tasa de reposición.

Juan Luis Ibarra ha señalado que esta sentencia es "declarativa", como "no podía ser de otra manera", ya que se trata de un pleito "en materia presupuestaria" y, por tanto, de lo que se trataba era de conocer si era ajustado o no a derecho el que la convocatoria "no se hubiera ajustado a la tasa de reposición fijada en le Ley de Presupuestos Generales para el año 2015".

"En interpretación de derecho la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal de Justicia declara que, si es aplicable y que, por tanto, la tasa de reposición lícita es la del cien por cien" y dado que en 2014 se produjeron 111 bajas en la plantilla de la Ertzaintza y la convocatoria impugnada era de 254 se decreta que la misma es "disforme a derecho y se anula". "El debate jurídico termina ahí", ha apuntado.

Ibarra ha indicado que, mientras se produjo ese debate jurídico, continuó el proceso selectivo que ha concluido con la selección de las 254 personas, con su fase de oposición y prácticas, y "estos funcionarios ya han recibido sus credenciales".

En este sentido, ha matizado que la sentencia "para nada resuelve sobre los derechos subjetivos que han obtenido estas personas en virtud de ese proceso selectivo", sino lo que hace "es una declaración en términos de validez por razones estríctamente presupuestarias".

A partir de ahí, ha afirmado que la sentencia fue recurrida en casación en el Tribunal Supremo por el Gobierno vasco, de modo que "no es firme", por lo que sus "efectos" únicamente se producirán si se desestima el recurso, y ahora la Abogacía del Estado ha pedido al TSJPV su "ejecución provisional".

RESOLUCIÓN

Al respecto, Ibarra ha señalado que "lo único que puede decir" sobre esto es que "se va a resolver" sobre esa petición en el Tribunal "en la segunda semana de octubre".

En todo caso, ha insistido en que "en ningún momento se han cuestionado los derechos subjetivos" de los funcionarios de la Ertzaintza en prácticas "virtualmente afectadas" por la anulación de la OPE porque "jurídicamente no lo están" y, además, "no se pueden cuestionar". "Nadie ha pedido que no sean funcionarios", ha incidido.

Finalmente, ha recordado que no es el primer recurso que se presenta con este objetivo, ya que en la convocatoria de la OPE de la Ertzaintza de 2014 también se presentó un recurso por las "mismas razones", pero la recurrente, la Administración del Estado, finalmente "desistió del recurso".