TS confirma la condena de 535 de cárcel a dos miembros de ETA por atentado con furgoneta bomba en Madrid en 2005

Actualizado: miércoles, 18 abril 2018 14:55

BILBAO, 18 Abr. (EUROPA PRESS) -

MADRID, 18 (EUROPA PRESS)

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condena a un total de 535 años de cárcel a los miembros de la banda terrorista ETA Liher Rodríguez Aretxalabeta y Alaitz Aramendi por el atentado perpetrado con furgoneta bomba el 25 de mayo de 2005 en el madrileño distrito de San Blas y que causó cerca de medio centenar de heridos.

El alto tribunal rechaza todos los motivos de los recursos de los condenados contra la sentencia de julio del pasado año. De esta forma, ratifica que se condenara a Aretxabaleta y a Aramendi por los delitos de intento de asesinato terrorista a 45 personas, 14 de ellas agentes de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, y de estragos terroristas.

Además, les obliga a indemnizar con más de medio millón de euros a las víctimas y a los dueños de los inmuebles afectados, entre ellos el Ayuntamiento de Madrid, al que deberán abonar 407.578 euros por los daños ocasionados.

La sentencia considera probado que los dos activistas de ETA --para quienes la Fiscalía pedía inicialmente 718 años de prisión-- robaron el día previo al del atentado una furgoneta Renault Express en la madrileña localidad de El Escorial, y se trasladaron a Valdemorillo para cargar los explosivos (20 kilos de cloratita).

Ya en Madrid estacionaron el vehículo en la calle Rufino González esquina con Alcalá, "con el fin de causar el mayor daño material posible y ocasionar la muerte o lesiones" a las personas que se encontraran en el lugar.

Los miembros de la banda esperaron a primera hora de la mañana para alertar, vía telefónica, al diario 'Gara' de la explosión que finalmente se produjo a las 9.30. Como consecuencia del atentado, 46 personas resultaron heridas y cerca de 20 vehículos, dos ciclomotores y varios inmuebles de la zona sufrieron desperfectos.

La defensa de los acusados planteó en su recurso, al igual que hiciera durante el juicio en la Audiencia Nacional, que no había dolo homicida, puesto que Liher Rodríguez Aretxalabeta y Alaitz Aramendi avisaron 45 minutos antes de la deflagración de la furgoneta bomba, aunque los magistrados entienden que ese límite de tiempo permite una reacción de las autoridades "muy limitada".

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