TSJPV da traslado para apertura de juicio oral contra Arraiz por el caso 'Jaque mate'

Hasier Arraiz
EUROPA PRESS
Actualizado: jueves, 28 abril 2016 13:19

BILBAO, 28 Abr. (EUROPA PRESS) -


La Sala civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha dado traslado a la Fiscalía y a Dignidad y Justicia para que puedan solicitar la apertura de juicio oral por la causa abierta contra el presidente de Sortu y parlamentario de EH Bildu, Hasier Arraiz, acusado de un supuesto delito de injurias graves contra las FSE por las declaraciones que realizó tras la operación de la Guardia Civil contra el entorno de presos de ETA --en la que se detuvo, entre otros, a 12 abogados--, en las que emplazó a dar "jaque mate" al instituto armado.

El auto del magistrado Roberto Sáiz, fechado el 26 de abril y hecho público este jueves, destaca "la clara correspondencia" entre el contenido y los fines de las declaraciones del acusado con "los mensajes de ETA", que asesinó a más de 300 miembros de las FSE, de los que más de la mitad eran miembros de la Guardia Civil.

La resolución se ha conocido pocos días antes de que se celebre en el TSJPV juicio contra Arraiz, previsto para el 9 de mayo, por supuesta pertenencia a ETA, al intentar reconstruir la mesa nacional de la ilegalizada Batasuna. El parlamentario de EH Bildu, que fue detenido en 2007 en la macrooperación desarrollada en Segura (Gipizkoa), se enfrenta por este caso a penas de entre seis y diez años de prisión.

La causa por el caso 'Jaque mate' se inició al querellarse contra Hasier Arraiz la Asociación Dignidad y Justicia por unas declaraciones realizadas en rueda de prensa el 12 de enero de 2015, después de una operación del instituto armado contra el entorno de los reclusos de ETA, entre los que detuvo a 12 abogados que defendía habitualmente a miembros de la banda. Este operativo se había llamado 'Mate' y era continuación de otro denominado 'Jaque'.

En la comparecencia ante los medios de comunicación, Arraiz acusó al Estado español de ser "un Estado terrorista que emplea, una y otra vez, la venganza contra Euskal Herria", y al instituto armado de "participar en "la política penitenciaria criminal" de España. Haciendo un juego de palabras, emplazó a dar "jaque mate" a la Guardia Civil y le instó a abandonar el País Vasco.

Además, en una segunda rueda de prensa del 14 de enero, el presidente de Sortu aseguró que, en el actual escenario político, "la única violencia" que existía era la del Estado español y "la única amenaza violenta" era la de la Guardia Civil y los "Cuerpos represivos del Estado". Además, señaló que el instituto armado estaba "reñido con un escenario de paz y democracia en Euskadi", y le emplazó a que se fueran y dejaran "en paz" a los vascos. "No los necesitamos ni queremos", aseguró.

La querella se admitió a trámite el 25 de mayo de 2015 al considerar que Hasier Arraiz se refirió a la Guardia Civil "en términos ignominiosos, vejatorios e infamantes", con una intención "denigratoria".

El auto destacó que la Constitución atribuye al instituto armado la misión de proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana, algo "imposible" de cumplir "si está inherentemente vinculado, como resulta de la descripción que realiza el querellado, con la ilegalidad y la inmoralidad".

De esta forma, señaló que las palabras de Arraiz "fomentaban un clima social de rechazo, hostilidad y odio profundo e irracional hacia los miembros del Cuerpo". En este sentido, estimó que no podían ser consideradas "fruto improvisado o insuficientemente reflexivo de la inmediatez o sorpresa con que en muchas ocasiones los políticos deben atender los requerimientos de periodistas y medios de comunicación", ya que hubo dos ruedas de prensa en 48 horas.

En la primera de ellas, según subrayó, el parlamentario de EH Bildu leyó "un texto escrito y elaborado con carácter previo", y la segunda, celebrada dos días después, fue una "ratificación de la anterior".

Pese a que la defensa invocó en un recurso a la "libertad de opinión, de expresión y de información", el TSJPV, mediante auto del 21 de enero de 2016, acordó incoar diligencias previas por injurias contra los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.

El magistrado instructor de la causa, Roberto Sáiz, decidió que el encausado declarara en concepto de imputado. Además, solicitó informes a la Unidad Central de Inteligencia (UCI), al Servicio de Información de la Guardia Civil y a la Ertzaintza para corroborar los hechos de denunciados en la querella, y sobre "la reivindicación histórica" por de ETA "de expulsión de las FSE de la Comunidad Autonónoma del País Vasco y de la de Navarra, así como sobre la persecución y asesinatos que dicho Cuerpo de Seguridad ha sufrido por la banda armada durante los sesenta años de existencia".

El auto de Roberto Sáiz, hecho público este jueves, recuerda que la Constitución reconoce la libertad de expresión, pero, "en modo alguno, un pretendido derecho al insulto".

En este sentido, apunta que la Constitución "no veda el uso de expresiones hirientes, molestas o desabridas", pero excluye "las expresiones absolutamente vejatorias". Asimismo, destaca que "se deben excluir del ámbito de protección de dicha libertad de expresión las frases y expresiones indudablemente ultrajantes u ofensivas", y que sean "innecesarias".

Tras examinar las diligencias de investigación desarrolladas, el magistrado afirma que los motivos de la admisión de que querella se mantienen "vigentes".

Sáiz cree que, de la lectura del informe del Jefe de Inteligencia Criminal de la Oficina Central de Inteligencia de la Ertzaintza, de 16 de febrero de 2016, "cabe apreciar una clara correspondencia entre el contenido y fines (hostigamiento, marginación social, expulsión de la Guardia Civil del territorio de la Comunidad Autónoma vasca) de los mensajes de la banda terrorista ETA" con las declaraciones de Hasier Arraiz.

Asimismo, señala que se puede deducir esto del informe de la Unidad Central Especial de la Dirección General de la Guardia Civil, que señala también que "las instalaciones de la Guardia Civil en el País Vasco y Navarra han sufrido, como consecuencia de dicha campaña 'Alde hemendik (Fuera de aquí), promovida por ETA, cerca de 230 atentados en los que fallecieron más de una docena de personas entre guardias civiles y familiares de éstos, así como el asesinato de más de 300 miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, de los que más de la mitad eran miembros de la Guardia Civil".

En este sentido, el auto considera que se confirma que las palabras de Arraiz "tienen un carácter claramente ignominioso, vejatorio e infamante", y destaca "la forma reflexiva y meditada en que se producen dichas declaraciones, al ser leídas de un texto escrito y reiteradas dos días después de producidas las primeras".

Para el magistrado de la Sala Civil y penal del TSJPV las expresiones usadas por el parlamentario de EH Bildu tienen el perfil "de injuria grave, al encontrar similitud con otras que formaron parte de la campaña 'Alde hemendik', promovida por ETA.

La intención de la banda, según asegura, fue "el amedrentamiento mediante el asesinato de miembros de la Guardia Civil, el hostigamiento mediante atentados a instalaciones del cuerpo armado, el desprestigio en el ámbito social para la dignidad del instituto de la Guardia Civil y de sus miembros, en pos del objetivo de su estigmatización, aislamiento y boicot primero, y posterior expulsión de la Comunidad Autónoma del País Vasco".

Por ello, el TSJPV da traslado a las partes para que, en un plazo de diez días, soliciten la apertura de juicio oral contra el encausado, formulando escrito de acusación o sobreseimiento, o en su caso, pidan aquellas diligencias que consideren indispensables para formular acusación. Contra esta resolución, cabe interponer recurso de reforma y de apelación.

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