La Audiencia ordena reabrir la causa sobre los insultos a Carmela Silva por parte de un ex edil del PP de Moraña

Carmela Silva
EUROPA PRESS/REMITIDO
Actualizado: lunes, 30 enero 2017 14:17

Considera "precipitado" el archivo sin practicarse diligencias y recuerda que fueron expresiones "objetivamente ofensivas"

VIGO, 30 Ene. (EUROPA PRESS) -

La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha estimado los recursos presentados por la Diputación y por la Fiscalía, y ha ordenado que se practiquen diligencias de investigación sobre un posible delito de injurias, en relación con los insultos vertidos por un ex concejal del PP de Moraña y un vecino de esta localidad en la red social Facebook.

Según el auto, al que ha tenido acceso Europa Press, el sobreseimiento provisional dictado por el juzgado de instrucción número 3 de Pontevedra llevó al "cierre precipitado del procedimiento", sin que se hubiera practicado "diligencia alguna tendente a indagar la verdadera finalidad de las expresiones publicadas".

La denuncia se interpuso después de que el entonces concejal Jorge Caldas y un vecino de Moraña hubieran intercambiado en Facebook comentarios sobre Carmela Silva, utilizando expresiones como "mala zorra y sinvergüenza", "menuda furcia" o "hija de puta".

En su día, el juzgado de instrucción archivó las actuaciones al entender que estas afirmaciones tenían su origen en un pleno de la Diputación, en el que la institución provincial se negó a aportar financiación para un evento deportivo (Rally Rías Baixas) y que se amparaban en el derecho a la libertad de expresión.

EXPRESIONES "OBJETIVAMENTE OFENSIVAS"

No obstante, la Audiencia advierte de que el archivo fue "precipitado" y que "no se puede perder de vista que tales expresiones no se pronuncian en dicho pleno, sino horas después, y a través de una red social de gran difusión". A ello se suma, señala en el auto, que se trata de expresiones "sin duda, objetivamente ofensivas", coincidiendo con el criterio de los recurrentes, que sostienen que "exceden" los límites de la libertad de expresión y "del derecho de crítica que un personaje público deba soportar".

Por ello, el tribunal provincial ha estimado los recursos de apelación y revoca "íntegramente" la resolución del juzgado de instrucción número 3 de Pontevedra, ordenando que se practiquen "las diligencias de investigación que se se consideren necesarias para el total esclarecimiento de los hechos".

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