Aviso: Esta noticia tiene más de un año. Última actualización: 10/03/2011 18:05
Norma para regular las subvenciones

Un nuevo decreto "facilitará" la rehabilitación de viviendas rurales, cascos históricos y en la Ruta Jacobea

   SANTIAGO DE COMPOSTELA, 10 Mar. (EUROPA PRESS) -

   El Gobierno gallego ha aprobado el decreto por el que se regulan las ayudas autonómicas para el acabado de fachadas y cubiertas, rehabilitación y reconstrucción de edificios y viviendas en el ámbito rural, histórico y del Camino de Santiago. Esta norma tiene como fin "facilitar" los trámites para que las actuaciones de rehabilitación "resulten más atractivas para los propietarios".

   Según ha apuntado el presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, este texto "unifica la normativa" en materia de rehabilitación en el medio rural y en los conjuntos históricos gallegos, al tiempo que "simplifica los trámites" burocráticos que facilitarán las actuaciones de los propietarios de las viviendas que se van rehabilitar.

   Según he explicado el Ejecutivo autonómico, la anterior normativa --que regulaba la Cédula de Rehabilitación de Calidade que el presente decreto deroga-- establecía un procedimiento administrativo "complejo y lento" que "desincentivaba a los propietarios de las viviendas a acometer su rehabilitación".

   De esta manera, el decreto aprobado elimina determinadas exigencias en la tramitación de las ayudas por estar ya acreditadas a través de otras administraciones --como licencias municipales--, y se regula la posibilidad de modificar las obras aprobadas en función de los imprevistos originados durante su ejecución.

   Con estas modificaciones, se flexibiliza el procedimiento permitiendo adaptar las obras a los imprevistos a los que "siempre están expuestas las actuaciones de rehabilitación", facilitando las actuaciones de sus propietarios y manteniendo las garantías de buen uso de los fondos públicos, conforme ha asegurado la Administración autonómica.

   Asimismo, con el objetivo de que los recursos públicos "se empleen en aquello a lo que se destinan", la Xunta ha limitado la posibilidad de ampliación de las viviendas con ayudas públicas. De esta manera, la superficie útil de las viviendas rehabilitadas que se amplíen será la superficie máxima de las viviendas protegidas, que está fijada en 140 metros cuadrados.

   Con esta medida, se garantiza el derecho a la rehabilitación y a la ampliación de las viviendas y se "evita subvencionar actuaciones que van más allá de la rehabilitación o la creación de espacios destinados a usos diferentes a los de la vivienda". Si la superficie inicial de la vivienda es superior a los 140 metros cuadrados podrá contar con ayudas para su rehabilitación, pero no para su ampliación.

REQUISITOS

   Para acceder a las ayudas es necesario que tanto las viviendas como sus propietarios cumplan una serie de requisitos. Así, las viviendas tendrán una antigüedad mínima de 10 años --en el caso de ayudas para el final de fachadas--, 15 años --para la rehabilitación de edificios o viviendas--, o 40 años --para la construcción de edificios o viviendas--.

   Además, la vivienda se dedicará a la residencia habitual y permanente del propietario durante el plazo, como mínimo, de cinco años a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución de calificación definitiva. En el caso de viviendas para alquiler deberán estar alquiladas como mínimo otros cinco años.

   Tal y como ha detallado la Xunta, los ingresos familiares ponderados máximos será 3,5 veces el  indicador público de renta de efectos múltiples (Iprem) cuando se trate de actuaciones en el ámbito rural; 6,5 veces el Iprem en actuaciones para uso propio en los ámbitos históricos y del Camino de Santiago; y en el caso de viviendas para alquiler, los inquilinos no podrán superar 4,5 veces el Iprem.

ACABADO DE FACHADAS Y CUBIERTAS

   Se incluirán en esta categoría las obras de acabado en edificaciones cuyos parámetros de fachada o de cubiertas no se terminaron en el momento de construcción del edificio, por lo que actualmente presentan como acabado de fachada materiales que no fueron diseñados para quedar vistos y que enturbian la imagen exterior de la edificación.

   Para poder acceder a las ayudas deberá acreditarse que la vivienda fue habitada durante un periodo mínimo de cinco años, para evitar que las ayudas se destinen a viviendas que "aún se encuentran en construcción", como pasaba con el decreto de 2006, ha indicado la Xunta.

AYUDAS

   Las ayudas consistirán en subvenciones a fondo perdido del 50 por ciento del presupuesto, con el límite de 6.600 euros en el caso de obras de acabado de fachada y rehabilitación y 8.600 euros en la modalidad de reconstrucción de edificios y viviendas.

   Tal y como ha adelantado el Ejecutivo autonómico, las ayudas serán convocadas a través de una orden que será publicada próximamente en el Diario Oficial de Galicia (DOG), en la que se regulará el plazo de solicitud y el importe máximo que se destinará en 2011 a cada una de las modalidades.

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