El Sergas, condenado por un retraso en una intervención

Actualizado: sábado, 2 mayo 2015 13:23

El Juzgado de lo Contencioso de Santiago fija en 12.000 euros la suma que deberá recibir la hija de la víctima, de 75 años, por la mala praxis

SANTIAGO DE COMPOSTELA, 2 May. (EUROPA PRESS) -

El Servizo Galego de Saúde ha sido condenado a indemnizar a la hija de un paciente por retraso de una cirugía que propició que adquiriese una infección nosocomial por un 'acinetobacter baumanii', tras infectarse una úlcera de presión que no fue detectada por los servicios de enfermería del Hospital Clínico de Santiago y sí por esta, que es enfermera en otro complejo del Sergas.

Tras contactar con los servicios jurídicos del Defensor del Paciente, se presentó la reclamación judicial que dio lugar a esta sentencia condenatoria por mala praxis médica.

En concreto, A.V.R., de 75 años de edad, ingresó en el CHOU el día 3 de marzo de 2009 en el servicio de traumatología por una caída casual, y fue diagnosticado de fractura de esternón y de 'C6' y 'C7', y desplazamiento de C1.

El día 10 fue traslado al Hospital Clínico de Santiago porque aquel hospital no disponía del servicio de cirugía torácica. En la REA presentó un cuadro de insuficiencia respiratoria, que fue resuelto.

El día 15 de abril fue traslado a la planta de neurocirugía, y dos días después sufrió la "primera complicación grave", que fue debida a una neumonía bilateral originada por un 'acinectoobacter baumanii' en la úlcera. El paciente falleció días más tarde, informa El Defensor del Paciente en un comunicado.

Las acinetobacterias con las que se infectó el paciente, destaca, son patógenos oportunistas y que a menudo son multirresistentes. El perito judicial, cuyo criterio debe ser aceptado por su presumible mayor independencia e imparcialidad, refiere en su informe con toda rotundidad que "se le mantuvo al paciente sin operar de manera injustificada y aumentando el riesgo del paciente".

"Afirma el perito judicial que la mayoría de los factores para contraer una infección hospitalaria concurrían en el paciente (antibióticos de amplio espectro, fase posoperatoria quirúrgica, ventilación mecánica, etc.)", apunta.

Así, la sentencia acoge los argumentos del abogado adscrito a El Defensor del Paciente señalando que, si bien se está "ante una infección difícil de evitar por la inmunodepresión del paciente y la dificultad de erradicar completamente las infecciones hospitalarias, por otro lado, las razones dadas por el servicio de neurocirugía para justificar el retraso en intervenir no son suficientes y ello favoreció, según el perito judicial, la infección por dicho germen en la herida quirúrgica, y ello deriva en una neumonía nosocomial intrahospitalaria y shock séptico secundario que deteriora la función cardíaca y termina en exitus".

"SATISFACCIÓN MORAL"

Por tanto, resalta El Defensor del Paciente, la demora en la intervención incrementó el riesgo de infección y propició el fatal resultado, por lo cual se produjo una pérdida de oportunidad, por lo que el Juzgado de lo Contencioso de Santiago indemniza a la hija de la víctima por la mala praxis del Sergas en la suma de 12.000 euros, dada la edad del paciente y la incertidumbre en cuanto al posible resultado de seguir los hechos su curso normal.

La familia no recurre la sentencia a pesar de estar disconforme con la suma indemnizada puesto que el reconocimiento judicial del hecho como mala praxis era "la satisfacción moral" que pretendían, y la finalidad es hacer públicos estos hechos para que no vuelvan a suceder en el futuro, indica la nota.

Según señala Cipriano Castreje, "es alarmante el número de fallecimientos que se están produciendo por consecuencia de infecciones nosocomiales". "En España son muy superiores a los accidentes de tráfico, y aún siguen bajo investigación de la asociación los últimos fallecimientos ocurridos en el Complexo Hospitalario de Pontevedra por una bacteria de origen típicamente intrahospitalario", recuerda.

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