Las cofradías gallegas, "satisfechas" de que se reconozca "una vieja demanda" para que el furtivismo sea delito

Tomás Fajardo
EUROPA PRESS/CEDIDA
Actualizado: lunes, 23 febrero 2015 19:39

SANTIAGO DE COMPOSTELA, 23 Feb. (EUROPA PRESS) -

El presidente de la Federación Galega de Confrarías de Pescadores de Galicia, Tomás Fajardo, ha mostrado este lunes su "satisfacción" por que vaya a reconocer "una vieja demanda" del sector para que el furtivismo reincidente sea considerado delito.

El pasado sábado, el Grupo Parlamentario Popular en el Senado informó a través de un comunicado de que se ha registrado una enmienda al proyecto de ley orgánica del Código Penal --que ha comenzado su trámite en la Cámara Alta-- para que el furtivismo habitual sea considerado delito.

En declaraciones a Europa Press este lunes, Fajardo ha subrayado que confía en que esta reforma suponga una medida "eficaz" para una problemática que ha afectado durante años al sector del marisqueo gallego.

Aunque se muestra consciente de que no supondrá poner coto al "cien por cien" de los furtivos que actúan en Galicia, remarca que las cofradías valoran esta medida, especialmente, porque permitirá perseguir a aquellas personas que "amparándose" en situaciones de insolvencia pueden actuar de forma impune sobre bancos marisqueros, quienes en algunos casos llegan a valerse de "la violencia".

Con todo, reclama también que se actúe también con contundencia contra la "otra parte" de este proceso, como es "la vía comercializadora", que se encarga de comprar el producto irregular, que es conseguido de forma ilegal, según ha expuesto Tomás Fajardo a Europa Press.

De tal forma, con la introducción de la enmienda de los populares al proyecto de ley del Código Penal se contemplará el furtivismo en el marisqueo como falta y, si pone en riesgo la sostenibilidad de los recursos, será delito, con penas que van de los seis meses a los dos años de prisión, dependiendo de la gravedad del hecho.

En esta línea, se reforma el artículo 335 del Código Penal, y es de especial relevancia la modificación introducida en su párrafo 3, que se refiere explícitamente a quienes actúen sin el título administrativo habilitante. Es decir, a los furtivos habituales que "causen menoscabo en la sostenibilidad de los recursos en zonas de concesión o autorización marisquera o acuícola".