Actualizado: martes, 23 septiembre 2014 13:22
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Asevera que el Decreto "altera" el proceso de normalización del catalán y lo deja como "un resto significativamente menor"

PALMA DE MALLORCA, 23 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha declarado nulo el Decreto para el Tratamiento Integrado de Lenguas (TIL) en los centros docentes no universitarios, aprobado en abril de 2013 por el Consejo del Gobierno balear. Alega entre sus argumentos que, con la implantación del trilingüismo, esta norma "altera" el proceso de normalización de la lengua catalana, a la que deja como "un resto significativamente menor".

La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha estimado de esta forma, mediante tres sentencias, los recursos interpuestos contra el Decreto por los sindicatos CCOO, UGT y STEI-i.

Uno de los puntos del TIL que mayor polémica ha suscitado en el sector educativo es el que establece que, como objetivo fundamental, se consiga que todos los alumnos alcancen, al finalizar el periodo de escolarización obligatoria, la competencia lingüística en las lenguas oficiales y al menos en una extranjera, preferentemente la inglesa.

Ante esto, y haciendo suyos los argumentos esgrimidos por las entidades demandantes, el tribunal asevera que el Ejecutivo autonómico ha vulnerado el Estatuto de Autonomía de Baleares, en cuyo marco se establece la obligación de normalizar el conocimiento y la utilización de la lengua catalana.

Y en este contexto, recalca cómo la Ley Balear 3/1986, de Normalización Lingüística, proclama entre sus objetivos el de asegurar el conocimiento y el uso progresivo del catalán como lengua vehicular en el ámbito de la enseñanza.

La Sala incide en el hecho de que esta norma propugna que en todos los niveles, grados y modalidades de la enseñanza no universitaria deben enseñarse obligatoriamente la lengua y la literatura catalanas, y ello debe ser llevado a cabo de modo que los alumnos "puedan usar normal y correctamente las lenguas catalana y castellana al finalizar el periodo de escolaridad obligatoria".

EL TIL "ALTERA" EL PROCESO DE NORMALIZACIÓN DEL CATALÁN

Pese a ello, abunda en que el Decreto del TIL, "sin paliativos", ha provocado una modificación del sistema educativo, que "era bilingüe y pasa ahora a ser trilingüe", dejando que la enseñanza en lengua catalana sea "un resto significativamente menor" como es el que "queda después de descontar las asignaturas de -y en- lengua catalana".

"Ahí queda ya a la vista -'y en carne viva'- la irremediable incidencia que en el peso real de la enseñanza en lengua catalana va a suponer la implantación del modelo educativo trilingüe", insiste el tribunal, que apunta a la "alteración" que supone la implantación del TIL para la lengua catalana y para el proceso de normalización en curso.

EL GOVERN INCUMPLIÓ SU DEBER DE CONSULTAR A LA UIB

El tribunal asevera asimismo que el Gobierno insular ha vulnerado el Estatuto al incumplir el trámite obligado de consultar a la Universitat de les Illes Balears (UIB), al recaer en ella una función asesora en todo lo relativo a la lengua catalana en el marco del proceso de normalización de este idioma.

"Brilla con luz propia la necesidad de que la UIB hubiera sido consultada", recalca una de las resoluciones, que subraya además cómo el Estatuto balear, en su artículo 4.3, encomienda "a todas y cada una de las instituciones" de las islas que garanticen el uso normal y oficial del catalán como del castellano, y adopten las medidas necesarias para asegurar su conocimiento.

La Sala concluye en las tres resoluciones que el Decreto 15/2013 ahora anulado infringe asimismo la Ley balear 4/2011 de buena administración y de buen gobierno, que, en relación a los anteproyectos de ley, exige una evaluación previa, concretada en la memoria del análisis del impacto normativo, que considera insuficiente.

(EUROPA PRESS)

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