La justicia europea anula sanciones contra seis sociedades iraníes

Actualizado: martes, 17 diciembre 2013 20:58

BRUSELAS, 6 Sep. (EUROPA PRESS) -

   El Tribunal General de la Unión Europea ha anulado este viernes la congelación de activos aprobada por los Gobiernos europeos contra seis sociedades iraníes y una persona por su presunta relación con el programa nuclear iraní, aunque ha avalado mantener los activos congelados del Banco Melli y del Europäisch-Iranische Handelsbank, rechazando sus recursos de anulación de las sanciones en su caso.

   En concreto, el tribunal europeo ha anulado la congelación de los activos bajo jurisdicción europea del Banco Postal iraní, de la Compañía de Seguros y del Banco Banco de Desarrollo de Exportaciones de Irán porque los Estados miembros no han probado válidamente que estas sociedades han prestado apoyo a la proliferación nuclear.

   También anula las sanciones contra el ciudadano iraní Naser Bateni y las que afectan a las sociedades Banco Internacional de Persia y de la Compañía de Construcción e Ingeniería Offshore iraní porque las pruebas invocadas en su contra "no justifican" en sí las medidas restrictivas, así como las sanciones al Banco Refah Kargaran porque no han identificado ninguna operación concreta de esta entidad que pruebe que ha asumido el relevo del Banco Melli, también sancionado, para financiar el programa nuclear iraní.

   En cambio, el tribunal europeo ha desestimado levantar la congelación de fondos en el caso del Europaïsch-Iranische Handelsbank, así como en el caso del Banco Melli.

   La anulación de las sanciones no tendrá efecto inmediato dado que los querellantes tienen todavía la posibilidad de interponer un recurso de casación.

   Las sanciones se mantendrán hasta la expiración del plazo para interponer recurso de casación --dos meses y diez días a contar desde la notificación de la sentencia-- o hasta la desestimación del recurso si interponen recursos de casación en este periodo.

   Los países de la UE tienen no obstante la posibilidad de adoptar nuevas sanciones contra la persona y entidades afectadas con las modificaciones necesarias para justificarlas debidamente.