El Gobierno de Canarias fija el calendario de festivos autonómicos para 2015

Actualizado: jueves, 15 mayo 2014 13:10

SANTA CRUZ DE TENERIFE, 15 May. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Gobierno de Canarias ha aprobado el calendario el Proyecto de Decreto por el que se establece el calendario laboral de la Comunidad Autónoma para el año 2015.

Asimismo, se abrirá un plazo de 30 días para que los ayuntamientos puedan presentar ante la Consejería de Empleo, Industria y Comercio sus propuestas para los dos días que elijan como festividades locales.

El artículo 37.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto 1/1995, de 24 de marzo, establece que las Comunidades Autónomas, dentro del límite anual de catorce días festivos, podrán señalar las fiestas que por tradición le sean propias, sustituyendo para ello a las fiestas de ámbito nacional que se determinen reglamentariamente.

A la vista del calendario para el año 2015, teniendo en cuenta que coinciden en domingo la fiesta del 6 de diciembre, Día de la Constitución, se ha estimado conveniente sustituir el descanso laboral correspondiente al día 7 de diciembre por el día 30 de mayo, Día de Canarias.

Mientras, los cabildos han propuesto las fiestas que por tradición son propias a cada una de ellas, sustituyendo, a tal fin, la fiesta correspondiente a Santiago Apóstol (25 de julio).

DÍAS FESTIVOS EN 2015

Por lo tanto, en el año 2015 tendrán la consideración de inhábiles en toda Canarias, además de los domingos, los siguientes días: 1 de enero, Año Nuevo; 6 de enero, Epifanía del Señor; 2 de abril, Jueves Santo; 3 de abril, Viernes Santo; 1 de mayo, Fiesta del Trabajo; 30 de mayo, Día de Canarias; 15 de agosto, Asunción de la Virgen; 12 de octubre, Fiesta Nacional de España; 2 de noviembre, lunes posterior a Todos los Santos; 8 de diciembre, Inmaculada Concepción; y 25 de diciembre, Natividad del Señor.

Las festividades de ámbito insular para el año 2015 quedan conformadas de acuerdo al siguiente calendario: El Hierro: 24 de septiembre, Nuestra Señora de los Reyes; Fuerteventura: 18 de septiembre, Nuestra Señora de la Peña; Gran Canaria: 8 de septiembre, Nuestra Señora del Pino; La Gomera: 5 de octubre, Nuestra Señora de Guadalupe; Lanzarote: 15 de septiembre, Virgen de los Dolores, Nuestra Señora de los Volcanes; La Palma: 5 de agosto, Virgen de las Nieves; y Tenerife: 2 de febrero, Virgen de la Candelaria

Con todo, la normativa dispone además que el calendario de días inhábiles se complete con dos festividades, que son propuestas tradicionalmente por las autoridades locales a la Consejería de Empleo, Industria y Comercio, que es el departamento del Gobierno autonómico responsable de elaborar el calendario de días festivos de cada año.

Los ayuntamientos de toda Canarias dispondrán de un mes, a partir del día en que el decreto debatido hoy en el Consejo de Gobierno se publique en el Boletín Oficial de Canarias, para hacer llegar las fechas escogidas a la Dirección General de Trabajo.