Aviso: Esta noticia tiene más de un año. Última actualización: 29/09/2009 17:33
'Caso Tebeto'

El TSJC obliga al Gobierno canario a consignar en 15 días más de 33 millones

   La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha dictado un auto en el que obliga al Gobierno de Canarias a ingresar en la cuenta de depósitos y consignaciones judiciales un total de 33.710.301 euros en un plazo de 15 días como consecuencia del conflicto judicial que mantiene con la empresa Canteras Cabo Verde en relación al denominado 'Caso Tebeto', en Fuerteventura.

   En su resolución, la Sala concede al Ejecutivo dicho plazo "improrrogable", además de que en otro de los autos del Alto Tribunal dados a conocer hoy estima parcialmente el recurso de súplica formulado por los servicios jurídicos del Gobierno regional y accede a su petición de pago fraccionado en tres años de 101.132.904 euros por la concesión de explotación minera a la citada empresa en la montaña de Tebeto, contigua a Tindaya.

   Contra ambos autos podrá interponerse recurso de súplica, sin perjuicio del cual se llevarán a efecto las resoluciones impugnadas. El plazo para formularlos es de cinco días a contar desde el siguiente al de la notificación de los autos.

   Asimismo, en un tercer auto la Sala desestima el recurso de súplica formulado por Julián Sánchez Soria, Borja Benítez de Lugo Massieu y Juan Ventura Medina Aguiar, que pedían personarse en la causa.

   En cuanto al fraccionamiento del pago, el auto que hace referencia a ello estima parcialmente el recurso de súplica del Ejecutivo canario contra el auto de 1 de septiembre de 2009, cuya parte se ha revocado, y donde se especifica que el Gobierno regional podrá abonar a Canteras de Cabo Verde los 101.132.904 euros, distribuyendo el pago en tres partes iguales, de las cuales la primera --más de 33 millones de euros-- deberá pagarlo con "carácter inmediato".

   La segunda parte, el Ejecutivo regional lo podrá abonar antes del 30 de septiembre de 2010 y la tercera antes del 30 de septiembre de 2011. Así, la suma total devengará, respecto a la parte fraccionada que esté pendiente de pago, intereses de demora hasta su completo abono.

   De esta forma, Canteras de Cabo Verde para garantizar la devolución de las entregas que se le hagan, deberá proceder, al recibir el último pago, a adecuar el aval bancario a la suma total que perciba del Gobierno de Canarias.

   Por otro lado, el TSJC en el tercer auto en el que se desestima el recurso de súplica formulado por la representación procesal de Julián Sánchez Soria, Borja Benítez de Lugo Massieu y Juan Ventura Medina Aguiar, contra el auto de 21 de julio de 2009, que pedían personarse en la causa por reclamar el 50 por ciento de indemnización reconocida a Canteras Cabo Verde, les impone el pago de las costas causadas.

   Además, en dicho auto el Alto Tribunal puntualiza que la imposición de las costas procesales responde a que la parte "sostuviere su acción o interpusiere los recursos con mala fe o temeridad".

   "En el caso además de malicioso (obviamente, en razón a la ocultación del auto del TS), el presente recurso de súplica es temerario, ya no sólo por esa inexplicable resistencia de la parte a someterse a la decisión adoptada por el Tribunal Supremo, sino, además, porque la impugnación vuelve la espalda a conceptos elementales del Derecho Procesal Administrativo, cuya elementabilidad deja bien a las claras que no es por ignorancia sino por temeridad por lo que se ha formulado el recurso", recoge este auto.

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