Asignados a los propietarios afectados por concentración parcelaria de Bergasa derechos para plantar 68 hectáreas viñedo

Viñedo
CEDIDA
Actualizado: viernes, 27 febrero 2015 13:58

LOGROÑO, 27 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Boletín Oficial de La Rioja (BOR) recoge hoy la resolución nº 89, de 19 de febrero 2015, del Director General de Agricultura y Ganadería por la que fija el número de hectáreas a asignar en el procedimiento de concesión de nuevas plantaciones de viñedo procedentes de la Reserva regional a los propietarios de las fincas resultantes del proceso de concentración parcelaria en la zona de Bergasa.

La Consejería de Agricultura recibió, en esta nueva convocatoria de adjudicación de derechos para nuevas plantaciones, un total de 88 solicitudes de 74 propietarios, dos de ellas se corresponden con personas jurídicas o entidades asociativas, por una superficie total de 111,9 hectáreas.

La Orden de convocatoria fijaba una superficie máxima de 1,5 hectáreas por beneficiario, y teniendo en cuenta que el número de hectáreas disponibles en la Reserva era suficiente para atender todas las solicitudes recibidas que cumplían los requisitos, se aprueba la concesión de un total de 68 hectáreas para el reparto en este procedimiento.

Por otro lado, la Resolución establece el número máximo de hectáreas a conceder por solicitante, en función del grupo de prioridad que, en el caso de personas físicas, es el siguiente:

Agricultor joven profesional: Un máximo de 1,5 hectáreas por solicitante y un total de 3 hectáreas.

Explotación agraria prioritaria: Un máximo de 1,5 hectáreas por solicitante y un total de 30 hectáreas.

Agricultor profesional: Un máximo de 1,50 hectáreas por solicitante y un total de 10 hectáreas.

Resto de los solicitantes que reúnan la condición de beneficiarios, un máximo de 0,50 hectáreas por solicitante y un total de 25 hectáreas.

En el caso de las personas jurídicas y otras entidades asociativas, el número máximo fijado será de 0,5 hectáreas por solicitante.

Los adjudicatarios se comprometen a no ceder los derechos de plantación ni transferir viñedos durante las próximas 5 campañas y a mantenerse como mínimo 5 años en la actividad agraria.

Por otro lado, el viñedo autorizado no podrá ser modificado y, una vez plantado, en un período no inferior a 10 campañas no podrá cambiar de titular o de ubicación.

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