También es conforme a la Constitución la creación de un proceso en defensa de la autonomía foral, según los magistrados

   MADRID, 28 Jun. (EUROPA PRESS) -

   El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha avalado este martes por unanimidad la constitucionalidad de la Ley de 2010 que modificó a su vez la normativa del Tribunal Constitucional (LOTC), del Poder Judicial (LOPJ) y de la jurisdicción Contencioso-administrativa (LJCA) para reservar al órgano de garantías la resolución de los recursos presentados contra las normas forales fiscales de los territorios Históricos de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya en detrimento de la justicia ordinaria, como la defensa de la autonomía foral.

   El Pleno entiende que el modelo de control de constitucionalidad diseñado por la Constitución -en concreto, el recurso y la cuestión de inconstitucionalidad- no queda desnaturalizado por la citada reforma (Ley 1/2010) pues, pese a que las normas forales tienen rango reglamentario y no de ley, presentan una singularidad que resulta relevante a estos efectos, ya que están amparadas por la disposición adicional primera de la Constitución y sustituyen a las leyes tributarias estatales en los tres territorios históricos.

   La sentencia, de  la que ha sido ponente el presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, resuelve los recursos de inconstitucionalidad presentados contra la citada Ley por el Consejo de Gobierno y el Parlamento de la Comunidad Autónoma de La Rioja y por el Consejo de Gobierno y las Cortes de Castilla y León.

Leer más acerca de: