Aviso: Esta noticia tiene más de un año. Última actualización: 04/09/2010 13:03

Abierto el plazo para solicitar subvenciones por sustituir los contadores de agua colectivos por otros individuales

   El Ayuntamiento de Madrid ha abierto el plazo para solicitar las subvenciones por la sustitución de los contadores de agua colectivos por otros individuales en las viviendas del municipio, según indica la web municipal y recoge Europa Press.

   Así, el Consistorio otorgará ayudas por un montante total de 60.000 euros para los madrileños hayan sustituido sus contadores de agua colectivos por otros individuales homologados tanto de agua fría como de agua caliente entre el 8 de julio de 2006 y el 8 de julio de 2009.

    Podrán solicitar estas ayudas los propietarios de viviendas, los arrendatarios y usufructuarios de viviendas autorizados por los primeros, y las Comunidades de Propietarios en régimen de propiedad horizontal del municipio.

   Así, el Ayuntamiento financiará el 30 por ciento del coste de adquisición de los contadores individuales, hasta un máximo de 60 euros por contador. Además, la cuantía máxima de la ayuda no excederá de 3.000 euros por comunidad de propietarios, y no tendrán carácter subvencionable el IVA satisfecho por la adquisición de los contadores, los costes de instalación de los mismos, ni otros bienes, obras o servicios facturados relacionados con la actuación subvencionada.

    Las solicitudes deberán presentarse hasta el 17 de octubre en la oficina municipal de registro del Área de Gobierno de Medio Ambiente, (paseo de Recoletos, 12) o en cualquier otro registro del Ayuntamiento de Madrid.

   Junto a la solicitud, deberá entregarse una fotocopia del Certificado de Empresa Instaladora o Carné de Instalador emitidos por la Comunidad de Madrid, la factura y, si el solicitante es arrendatario o usufructuario de la vivienda, también una copia del contrato de arrendamiento o del documento del que derive su derecho de usufructo, así como autorización firmada por el propietario para efectuar la actuación subvencionable.

   Por su parte, las comunidades de propietarios deberán presentar, junto a todo lo demás, una relación de propietarios que optan a la subvención y de viviendas que han instalado los contadores, así como una copia del acta en la que se recoja el acuerdo de aprobación para la realización de las obras, en su caso; de solicitud de las ayudas, así como la designación del representante legal y el otorgamiento de capacidad para formular la solicitud en nombre de la Comunidad.

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