Aplazada la revisión de la condena de Maestre por el asalto a la capilla

Rita Maestre
EUROPAPRESS
Actualizado: viernes, 24 junio 2016 15:10

La fiscal del caso se opuso al recurso y afirmó que no se puede "alardear de ser putas" en una capilla

MADRID, 24 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Madrid ha aplazado 'sine die' la vista a puerta cerrada en la que estaba prevista el próximo lunes la revisión del recurso presentado por la portavoz del Ayuntamiento de Madrid, Rita Maestre, contra la sentencia que le condenó a una multa de 4.320 euros por el 'asalto' a la capilla de la Universidad Complutense, han informado a Europa Press fuentes jurídicas.

El 27 de junio estaba fijado la deliberación y fallo del recurso interpuesto por el letrado de la edil de Ahora Madrid. Sin embargo, el Centro Jurídico Tomás Moro planteó la recusación de uno de los magistrados de la Sala 16 y en concreto del ponente.

Esta parte planteó formalmente que se apartara al magistrado Francisco David Cubero Flores, designado ponente del tribunal que decidirá sobre si se mantiene o no la condena. Entiende esta parte que no debe formar parte del tribunal, dado que es secretario de una asociación a la que el Ayuntamiento cedió una de las naves de Matadero Madrid para un evento para niños discapacitados.

Fuentes jurídicas han señalado a Europa Press que finalmente se tramitará el incidente de recusación, un trámite que será "largo". Habrá que designar a un magistrado para que lleve la instrucción y a una sala diferente a la que revisará el fallo.

RECURSO DE MAESTRE

En su recurso, el abogado de la portavoz municipal criticaba que la resolución cuestionara "los valores y principios" de "una sociedad libre", refiriéndose a "la dignidad de la persona y la libertad de expresión" que "no sólo ha de ser aplicable a frases o expresiones que puedan ser favorablemente recibidas o tildadas de inofensivas".

El letrado entendía que no se cumplen los requisitos del delito de profanación en lugar de culto por el que fue penada con motivo de su participación en una protesta en la capilla del campus de Somosaguas de la Complutense.

Frente a estos argumentos, la fiscal del caso se opuso al recurso y afirmó en un escrito que no se puede "alardear de ser putas" en una capilla.

"Es obvio que las señoritas están en su derecho de alardear de ser putas, libres, bolleras o lo que quieran ser, pero esa conducta realizada en el altar, espacio sagrado para los católicos al encontrarse allí el Sagrario, lugar donde según sus creencias se encuentra su Dios, implica un ánimo evidente de ofender", recoge el escrito fiscal.

En el escrito, la fiscal se opuso a los argumentos del abogado sobre la supuesta existencia de un error en la apreciación de la prueba practicada y replicó al respecto que se han hecho "primar criterios de lógica que le han llevado necesariamente a dictar un fallo condenatorio respecto a la imputación que se hacía".

Frente a lo dicho por el letrado de que se trató de "una protesta pacífica", le replicó la fiscal que los hechos no pueden ser calificados de este modo ya que "al menos veinte o treinta personas irrumpieron en masa", al frente de las cuales iba la acusada, y lo hicieron "en un templo católico". Y añade que "cuando el capellán se interpone en la puerta y les indica que no pueden pasar, empujan al mismo para poder entrar".