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EUROPA PRESS
Actualizado: viernes, 16 junio 2017 13:54

MADRID, 16 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional contra la decisión de la Comunidad de Madrid de denegar una autorización a un taxi de más de cinco plazas.

Según ha informado la CNMC, el recurso se interpone al amparo del artículo 27 de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de Garantía de la Unidad de Mercado (LGUM).

El recurso de la CNMC se debe a que la Comunidad de Madrid denegó una autorización al propietario de un vehículo taxi de 9 plazas para ejercer la actividad de transporte interurbano. Con carácter general, el número máximo de plazas permitidas por la normativa aplicable de la Comunidad de Madrid es de cinco (Decreto 74/2005 y Orden de 14 de diciembre de 2012).

A juicio de la CNMC, esta limitación general a un máximo de cinco plazas para vehículos de taxi resulta "contraria a los principios de necesidad y de proporcionalidad", ya que a su juicio "no existe ninguna razón" imperiosa de interés general que justifique que los vehículos deban tener esa limitación de plazas.

Por otra parte, la normativa de la Comunidad es contraria al artículo 18.2.g) de la (LGUM), ya que entre los trámites para obtener una autorización de taxi de más de cinco plazas, el interesado debe acreditar que no ha podido atender una demanda previa de un consumidor que requería un traslado en un vehículo con más capacidad. Se impone así un requisito de naturaleza económica que va en contra de los propios consumidores.

Finalmente, según la CNMC, tampoco puede aceptarse que limitar el número máximo de plazas del taxi con carácter general tenga como fin no afectar a actividades conexas, como son la del alquiler de vehículos con conductor, (VTC). De esta forma, se estaría haciendo una una planificación de un sector que la Ley de Garantía de la Unidad del Mercado (LGUM) prohíbe.

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