Centro de ocio de Cordish
CORDISH

Entiende que no se puede levantar como Centro Integrado de Desarrollo y que no se garantiza la viabilidad del proyecto.

MADRID, 24 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno de la Comunidad de Madrid ha rechazado el macrocomplejo de ocio en Torres de la Alameda que planeaba el grupo estadounidense Cordish al entender que tal y como está presentado no cumple las condiciones de un Centro Integrado de Desarrollo (CDI) y destacando que la documentación aportada no asegura que se lleven a cabo la totalidad de las instalaciones que debe tener una figura de estas características.

Así consta en la orden que ha firmado la consejera de Economía y Hacienda de la Comunidad, Engracia Hidalgo, esta tarde, donde explica su decisión de no tramitar el proyecto 'Live! Resorts Madrid-España' como CDI sobre la base de la documentación presentada por la entidad Global Cities Madrid Live S.A., una decisión basada en los informes técnicos que desaconsejan activar esta figura para esta ocasión.

No obstante, la Consejería no da un 'no' definitivo al proyecto: recalca que rechaza el procedimiento del proyecto "sin perjuicio de que el concepto de negocio, subsanando las cuestiones destacadas en el presente anexo, pueda tramitarse por medio de este u otros procedimientos previstos en la normativa vigente", han informado fuentes de la Comunidad.

En el apartado de conclusiones, al que ha tenido acceso Europa Press, se destaca que el promotor sólo asegura el desarrollo del Área Central de la Fase I y condiciona su terminación a la existencia de demanda suficiente "sin determinar cuáles son las condiciones de demanda, ingresos y rentabilidad que desencadenan el inicio de los dos desarrollos, este y oeste, de la fase primera".

De forma textual, el promotor manifiesta en el resumen ejecutivo que "se proyecta comenzar el desarrollo acotando la primera construcción al área central, desarrollando e inaugurando cada área progresivamente a la misma velocidad del crecimiento del tráfico de visitantes, para que la dimensión de las instalaciones siempre sea proporcional al número de visitantes".

De acuerdo con esto, la Administración consideró necesario recabar aclaración sobre las actividades a desarrollar en el Área Central, al objeto de determinar si solamente la puesta en marcha de esa zona podría tener la consideración de Centro Integrado de Desarrollo y cumplir con el requisito de multisectorialidad y de impacto recogidos en la normativa.

En la contestación del promotor a este requerimiento se manifiesta que el Área Central contendrá un hotel con 500 habitaciones, zona comercial, establecimientos destinados a gastronomía, cafeterías y bares, área de juego, centro de convenciones, conferencias y reuniones; y aparcamiento.

Con esto, el proyecto "adolecería del necesario carácter multisectorial al carecer el área central, entre otras cuestiones, de infraestructuras permanentes de índole cultural y deportivo". "Dichas actividades resultan imprescindibles para obtener dicha calificación por cuanto que la ley establece que el ejercicio integrado de actividades deberá conllevar, entre otros, un impacto relevante en el desarrollo cultural de la Comunidad de Madrid", destaca la Comunidad en la orden.

En relación con el "impacto relevante, efectivo y duradero en el desarrollo económico y social de la Comunidad de Madrid" que debe tener un proyecto para ser considerado CDI, el promotor "no ha justificado suficientemente, ni en el estudio de viabilidad económica ni en el estudio de impacto emitidos, el importe de ingresos" que para el Proyecto se derivan del desarrollo exclusivo del área central de la fase I, lo que "dificultaría la medición de los impactos económicos y sociales derivados del proyecto".

NO SE PUEDE VALORAR EL IMPACTO

Por lo que se refiere a la viabilidad económica y organizativa, el Gobierno regional entiende que la documentación presentada "impide valorar adecuadamente el impacto relevante, efectivo y duradero de las actividades proyectadas en el desarrollo económico, social y cultural de región y, por tanto, no permite a la Comunidad de Madrid deducir que el complejo proyectado en su fase I pudiera tener la condición de Centro Integrado de Desarrollo".

En cuanto a la actividad de juego, la documentación presentada resulta "completa" para fase actual y, según el informe de la Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, de 10 de marzo de 2017, el proyecto "no contraviene, desde el punto de vista sectorial en materia de juego, el régimen de juego en los CID contenido en la Ley de Medidas Fiscales y Administrativas".

Respecto de la viabilidad técnica, el promotor propone la realización de varias conexiones para acceder al complejo desde la R-2, A-2 y R-3 indicando que "dichos accesos utilizarán infraestructuras de transporte viario ya existentes o requerirán algunas actuaciones de sencilla y no costosa implementación".

Además, señala que "se solicitará colaboración de las autoridades competentes con la intención de disponer de un apeadero de ferrocarril", al tiempo que propone que "potenciar el acceso al Centro Integrado de Desarrollo a través del transporte público será uno de los objetivos del Proyecto".

A tal efecto, el informe de la Consejería de Transportes e Infraestructuras concluye que, en caso de desarrollarse el proyecto en la ubicación y en los términos propuestos, la Administración tendría que acometer una inversión en infraestructuras viarias y ferroviarias que, en una primera estimación, podría alcanzar los 340 millones de euros, ya que la realización de las mismas no está prevista en el proyecto analizado.

A esta cantidad habría que sumar el coste de la nueva línea de transporte regular interurbano y el refuerzo de las existentes, que se cifra en un total aproximado de 3,05 millones de euros anuales.

Por otra parte, el análisis de la viabilidad técnica exige una valoración desde un punto de vista urbanístico, que se ha llevado a cabo desde la Dirección General de Urbanismo y que ha considerado que la documentación presentada "carece de los documentos y datos necesarios exigidos por la ley, como para emitir informe sobre la viabilidad técnica del proyecto".

SÍ CUMPLE CONDICIONES AMBIENTALES

Finalmente, en cuanto a la viabilidad ambiental, la Dirección General de Medio Ambiente concluye que, en principio, "no se identifican condicionantes ambientales en el ámbito territorial propuesto que imposibiliten el desarrollo de la actuación, si bien, la viabilidad ambiental, en su caso, sólo podrá ser determinada posteriormente tras la tramitación del oportuno procedimiento".

Por todo ello, y a modo de conclusión, la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda considera que la solicitud presentada "cumpliría con la viabilidad ambiental y en materia de gestión del juego". "Sin embargo, podría cuestionarse que el proyecto presentado fuera un Centro Integrado de Desarrollo si el promotor implementa exclusivamente el área central de la fase I, tal y como se deduce de la documentación que acompaña a la solicitud", destacan.

Además, subrayan que no queda "suficientemente acreditada la viabilidad económica y organizativa del proyecto, lo que impide valorar de forma suficiente el impacto relevante, efectivo y duradero de las actividades proyectadas en el desarrollo económico, social y cultural de la región". Igualmente, en el ámbito urbanístico, la documentación presentada adolece de los documentos y datos necesarios exigidos por el artículo 35 de la Ley 9/1995.

Por último, en la ubicación seleccionada por Global Cities Madrid S.A., el proyecto generaría "una carga importante" para el presupuesto de la Comunidad de Madrid en términos de inversión y de gastos de explotación y mantenimiento anual de las infraestructuras del transporte, "aspecto especialmente relevante en el actual contexto de consolidación fiscal y sostenibilidad financiera de las Administraciones públicas".