El delito de desobediencia al que se enfrenta Aguirre conlleva la pena de prisión de entre seis meses a un año

Esperanza Aguirre
PP MADRID
Actualizado: domingo, 5 julio 2015 17:21

MADRID, 5 Sep. (EUROPA PRESS) -

El delito de desobediencia del artículo 556 del Código Penal, cuyo contenido encajaría según la Audiencia de Madrid con los hechos protagonizados en abril por Esperanza Aguirre, conlleva la pena de prisión de seis meses a un año.

En un auto notificado este viernes, los magistrados de la Audiencia de Madrid piden al juez Carlos Valle que instruya el incidente de tráfico de Aguirre como un posible delito de desobediencia y no una falta leve, como quería el instructor.

Los magistrados señalan que "no puede descartarse que la gravedad de la lesión causada por la conducta de la denunciada al bien jurídico protegido con la tipificación del delito de desobediencia, cual es el orden público, tenga la suficiente entidad como calificar provisionalmente dicha conducta como un delito de desobediencia del artículo 556 del Código Penal, excediendo la entidad de la desobediencia del carácter meramente leve de la falta de desobediencia".

Este artículo establece que "los que, sin estar comprendido en el artículo 550, resistieren a la autoridad o a sus agentes, o la desobedecieran gravemente, en el ejercicio de sus funciones, serán castigados con la pena de prisión de seis meses a un año".

El precepto 550 señala que "son reos de atentado los que acometan a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o empleen fuerza contra ellos, los intimiden gravemente o les hagan resistencia activa también grave, cuando se hallen ejecutando las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas".

De este modo, la causa volverá al Juzgado para que se tramiten las diligencias. El juez tendrá previsiblemente que llamar a Aguirre a declarar, así como a los testigos del incidente, según han indicado fuentes jurídicas.