Ecologistas sostiene que es el TSJM el que debe decidir sobre la demolición de las "ilegales" obras de la M-501

Actualizado: martes, 7 julio 2015 22:37

MADRID, 28 Jul. (EUROPA PRESS) -

Ecologistas en Acción sostiene que el pronunciamiento sobre el desmantelamiento de la M-501, dentro del procedimiento sobre la ejecución "forzosa" solicitado por esta organización, "es sólo competencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) y no del Tribunal Supremo", para añadir que las obras a su juicio son "ilegales".

Así lo manifiesta en relación a la sentencia emitida por el Supremo en la que rechazaba el recurso interpuesto por la asociación ecologista sobre el auto del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) de 2012, sobre un incidente de ejecución de la sentencia.

"El fallo de la sentencia a ejecutar no acordaba la restitución de la zona afectada al estado anterior en todo caso. Lo que hacía el fallo era anticipar la posibilidad de restitución si una vez se diera el cumplimiento de lo previsto en el fallo (la retroacción del procedimiento para cumplimiento de trámites omitidos)", para que entre las medidas de ejecución se incluyera deshacer la obra y restablecer la zona a su estado original", recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press.

Por su parte, Ecologistas en Acción sostiene que el fallo del Supremo no se refiere a la sentencia de 2008 que anulaba los acuerdos del Consejo de Gobierno que habilitaron las obras por interés previos a la obtención de la Declaración de Impacto Ambiental.

La organización ecologista detalla que esta sentencia declara "ilegal las obras" de desdoblamiento y que de momento la Comunidad de Madrid no ha ejecutado los términos de ese fallo judicial. Al respecto, sostiene que la decisión sobre la ejecución o no del fallo debe decidirse en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Detalla Ecologistas en Acción que solicitó la ejecución forzosa y la restitución de los terrenos a su estado original, como indica la sentencia de 2008, pero que el proceso interpuesto en el TSJM se "ha prolongado en el tiempo" y el Alto Tribunal madrileño aún no se ha pronunciado.

No obstante, recuerda que el TSJM emitió un auto en 2012 para que la Comunidad realizara los trámites administrativos omitidos sobre estas obras. El auto añade que "sólo cuando la Comunidad de Madrid acredite la realización de esos trámites, se pronunciará sobre la ejecución material de la sentencia, es decir sobre el desmantelamiento".

Esos trámites, según la organización ecologistas, consisten en someter el proyecto a evaluación ambiental y realizar las consultas previas a la Comisión Europea.

Ecologistas en Acción recurrió ese auto ante el Supremo por considerar que no se ajustaba a derecho, "dado que no se puede evaluar un proyecto declarado nulo y además ya ejecutado", algo que ha rechazado el Supremo.

"El Tribunal Supremo ha desestimado ese recurso interpuesto por Ecologistas en Acción, que nada tiene que ver con la solicitud de ejecución forzosa, si no sobre el procedimiento de evaluación ambiental de un proyecto ya ejecutado", recalca la organización que dice que primero debe pronunciarse al respecto el TSJM, algo que no ha hecho todavía.

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