Una nueva ordenanza municipal delimitará qué personas tienen derecho a servicios sociales municipales

Actualizado: domingo, 17 mayo 2009 15:05

Busca evitar la "duplicidad" con la Ley delimitando las competencias y casos en las que se podrá acceder a recursos municipales

MADRID, 17 May. (EUROPA PRESS) -

La Junta del Gobierno del Ayuntamiento de Madrid aprobó esta semana una Ordenanza para regular el sistema de acceso a las prestaciones de Ayuda a Domicilio para las personas mayores y/o con discapacidad, centros de día y centros residenciales de titularidad municipal para evitar las "duplicidad" en las ayudas y servicios que se podría producir tras la aprobación de la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia.

El objetivo, explicó el alcalde, Alberto Ruiz-Gallardón, en rueda de prensa, es "establecer un catálogo de servicios y prestaciones que coinciden con la que hasta ahora se prestaban como recursos de Atención Social Primaria del Ayuntamiento". Así, se delimitará "el ámbito de actuación municipal" para evitar "que un mismo beneficiario reciba el mismo servicio por los sistemas de protección del área de Familia y Servicios Sociales" y por la Ley de Dependencia.

En concreto, los beneficiarios de los recursos municipales habrán de ser personas que, "no encontrándose en una situación clara de dependencia, precisan de atenciones por razones de edad, enfermedad o aislamiento social". "También pueden beneficiarse, con carácter temporal, las personas que esperan ser declaradas dependientes, hasta tanto se les reconozca dicha situación por la Comunidad Autónoma", añadió el regidor.

"No se dejará de prestar ningún tipo de servicio hasta que el organismo que, a partir de estos momentos y de acuerdo con la Ley de Dependencia, tiene que hacerlo porque recibe la financiación del Estado, que es la comunidad autónoma, preste esta ayuda. Nosotros en ningún caso dejaremos de prestar estos servicios hasta que esto sea efectivo", aseguró a renglón seguido.

IGUALDAD EN EL ACCESO

La norma aprobada por el Ayuntamiento apuesta por la igualdad y por una objetividad que implique que todos los ciudadanos reciban la misma respuesta ante una misma necesidad.

Así, los requisitos para solicitar los servicios regulados en la Ordenanza serán ser españoles, nacional comunitario o nacional de un país extranjero no comunitario con residencia legal en España; estar empadronado en el municipio de Madrid en la fecha de presentación de la solicitud, y encontrarse en una situación de necesidad o vulnerabilidad social derivada de la edad, enfermedad u otras causas.

Para la determinación objetiva de las situaciones de necesidad se aprobará un baremo con dos tipos de cuestionarios: uno para la valoración de la situación física y/o psíquica del solicitante, para "identificar su capacidad para realizar las funciones básicas de la vida diaria", y otro para evaluar su situación social y determinar sus necesidades.

Asimismo, se fija el régimen de compatibilidades e incompatibilidades entre los servicios municipales que se regulan, y se establece, expresamente, la incompatibilidad de estos servicios con los que se reconozcan a las personas declaradas dependientes, al amparo de la Ley de Dependencia.

Todos los centros de servicios sociales habrán de ajustarse a un procedimiento único para el reconocimiento de las prestaciones, que garantizará la equidad en el acceso a los mismos por parte de la ciudadanía. La Ordenanza se aplicará únicamente a las personas que soliciten los servicios a partir de la fecha de su entrada en vigor.

En la actualidad, el Ayuntamiento presta el Servicio de Ayuda a Domicilio a 45.357 personas mayores, que residen en 37.617 hogares, y a 2.408 personas con discapacidad, repartidas por 2.223 domicilios. En los 105 centros de día son atendidas 5.318 personas mayores con deterioro físico o cognitivo.

-. Firma: CPMA .-