El sobreaforo, los vomitorios cerrados y el botellón exterior fueron determinantes en la tragedia, según el juez

Alrededores del Madrid Arena
EUROPA PRESS
Actualizado: lunes, 6 julio 2015 1:02

MADRID, 1 Sep. (EUROPA PRESS) -

El sobreaforo que se produjo en la fiesta de Halloween celebrada la madrugada del 1 de noviembre de 2012 en el Madrid Arena y que acabó con la muerte de cinco jóvenes, junto con el hecho de que algunos vomitorios o pasillos de evacuación permanecieran cerrados y que se estaba celebrando un botellón en el exterior de las instalaciones fueron determinantes en la tragedia.

Así consta en el auto emitido por el juez Eduardo López Palop, al frente del Juzgado de Instrucción número 51 de Madrid, que ha concluido la investigación sobre la tragedia del Madrid Arena con un total de 16 acusados, entre ellos el organizador de la fiesta, Miguel Ángel Flores, y el jefe de la Policía Municipal de Madrid, Emilio Monteagudo.

Según ha quedado demostrado, tras dos años de instrucción, el aforo acreditado para el evento era de 10.620 personas aunque, tras las investigaciones realizadas y cuantificación física de los boletos que figuraban en las correspondientes urnas, se llegaron a vender en torno a 23.000 entradas.

Como consecuencia del "enorme" sobreaforo que se produjo, la pista central del espacio se encontraba "no solamente saturada" sino en una situación de "aglomeración y contacto físico entre las personas" que les "impedía desplazarse en la dirección deseada, situación de angustia para muchas de ellas, que difícilmente podían soportar físicamente la sensación creada, que notoriamente venía agravada por el estado de embriaguez más o menos avanzado de muchos de los asistentes", reza el texto.

A esto añade como "causa determinante de la tragedia" que posteriormente se desencadenaría que los pasillos de evacuación o vomitorios de la pista central (ocho) se encontraban cerrados o clausurados, salvo tres de ellos, por motivos diversos como estar tapados por el escenario principal, encontrarse próximos a los camerinos de los artistas o "simplemente por no haber sido dejados operativos por los responsables de la seguridad".

El juez recuerda que simultáneamente a lo que ocurría en el interior del recinto, tenía lugar en el exterior del mismo una "concentración de personas que se encontraban en el lugar desde varias horas antes, en un acontecimiento lúdico-alcohólico, conocido coloquialmente como botellón, estrictamente prohibido en su celebración por la normativa vigente y que comprendía, como mínimo, todo el espacio existente entre la estación de Metro de Lago y los accesos al espacio del Madrid Arena así como el aparcamiento.

Destaca también como "reseñable" el papel de la Policía Municipal de Madrid, "expresamente encargada del mantenimiento del orden en el exterior del recinto y de evitar que aconteciera un botellón notoriamente ilegal. En este caso, el juez reconoce que sería "excesivo" decir que "brilló por su ausencia a lo largo de la noche" pero sí afirma que estuvo en el lugar de los hechos de forma "manifiestamente insuficiente, esporádica y con una pasividad totalmente inadecuada para la gravedad de los hechos que estaban aconteciendo".

"Todo lo anterior es extremadamente relevante porque la colusión de estos elementos, la aglomeración interior y el botellón exterior fue determinante en la tragedia", reitera el magistrado.

Palop asocia también la confluencia en la pista central, que ya estaba sobresaturada, con la entrada masiva por el "portón de cota cero" que hubo en el momento en el que empezó la actuación "estrella" de la noche, la de Steve Aoki. ""Se produjo tan insoportable situación en la pista central que algunos de los jóvenes, según han declarado, no podían ni respirar" y buscaron la salida a través de alguno de los tres vomitorios abiertos.

Finalmente, explica cómo coincidiendo en el tiempo y en el espacio, los jóvenes que querían salir coincidieron con los que trataban de entrar produciéndose una "colisión confusa, tumultuaria y de todo punto incontrolable" entre personas "que se encontraban bebidas en uno u otro grado".

EL EQUIPO MÉDICO Y LA "ENFERMERÍA"

Otro de los puntos que recoge el juez como relevantes es el que tiene que ver con el equipo médico integrado por los doctores Simón Viñals y su hijo, Carlos Viñals, así como la naturaleza, estructura u equipamiento del local que hacía de enfermería.

En cuanto a lo primero, cuestiona la edad de Simón Viñals, de alrededor de 80 años. "Por razones más que evidentes (...) se cuestiona que una persona de tal edad esté en condiciones de ponerse al frente de los servicios médicos de un acontecimiento" como el analizado, señala, destacando que ya se podía prever e incluso "tener la seguridad" de que en uno u otro grado, los asistentes "iban a estar embriagados".

Pero, no obstante, indica que es más relevante que lo anterior, lo que se usó como enfermería en sí, ubicada en un habitáculo no concebido" para tal fin, "sin ventilación alguna, escasa e insuficiente iluminación" y sin agua corriente. En este punto, añade que el doctor Viñals aceptó el desempeño de su función "con pleno y cabal conocimiento" de estas circunstancias.