Aprobado el proyecto de Ley de Buen Gobierno y del Estatuto del Alto Cargo

Consejo de Gobierno con Cachá y De Salas
COMUNIDAD
Actualizado: jueves, 5 marzo 2015 13:55

Portal de la Transparencia recogerá una relación de todos los viajes que realicen los altos cargos fuera de la Región

MURCIA, 5 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Gobierno ha aprobado el Proyecto de Ley de Buen Gobierno y del Estatuto del Alto Cargo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, que será remitido a la Asamblea Regional para su tramitación y, en su caso, aprobación parlamentaria.

La finalidad de esta norma, un compromiso que asumió el presidente de la Comunidad, Alberto Garre, a través de la Iniciativa Integral de la Transparencia, es elevar la exigencia, responsabilidad y necesidad de rendición de cuentas de todas las personas que ostentan un alto cargo en la Administración regional o en cualquiera de sus organismos.

En el proceso de elaboración se han recabado propuestas de las diferentes consejerías de la Administración regional, el Consejo Regional de la Función Pública, la Secretaría de Estado de Administración Pública, así como del Consejo Económico y Social y del Consejo Jurídico. El Gobierno regional ha aceptado la práctica totalidad de las aportaciones realizadas por los diferentes órganos consultivos.

El texto contiene un Código Ético y normas de Buen Gobierno de obligado cumplimiento para los altos cargos y regula su régimen de conflicto de intereses e incompatibilidades. Además, establece un régimen sancionador y crea órganos de control para garantizar su cumplimiento.

La norma prevé que todos los altos cargos de la Comunidad deberán conocer y firmar el Código Ético y de Buen Gobierno en el momento de su toma de posesión.

Las obligaciones que asumirán están relacionadas con la transparencia, participación, honorabilidad y ejemplaridad. Asimismo, se establecen normas de responsabilidad, eficacia en el cumplimiento de objetivos y rendición de cuentas a los ciudadanos.

Así, se establece que los altos cargos públicos no pueden influir en los funcionarios para agilizar trámites administrativos en beneficio propio, y que asumirán un compromiso por escrito de velar en todas sus actuaciones por el patrimonio cultural y por el medio ambiente.

Además, se establece que no podrán invocar su condición para obtener un trato más favorable que el resto de la ciudadanía en ningún ámbito y que asumirán un compromiso de mejora continua en el ámbito de la transparencia y de comunicación con los ciudadanos, entre otras.

Este Proyecto de Ley regula de forma detallada el régimen de regalos, viajes y gastos de representación de los cargos públicos. Entre las medidas previstas en este apartado se establece que ningún alto cargo podrá aceptar regalos y, en caso de recibirlos, tendrá la obligación de devolverlos, permitiendo, de forma excepcional, las muestras habituales de cortesía social, siempre que tengan un valor inferior a 90 euros.

Además, se publicará en el Portal de la Transparencia una relación de todos los viajes que realicen los altos cargos fuera de la Región de Murcia, indicando el motivo y la justificación del mismo.

En el apartado relativo al Estatuto del Alto Cargo se establecen los requisitos de honorabilidad, formación y experiencia que debe cumplir una persona para poder ser nombrada alto cargo público. En este sentido, se establece la obligación de valorar la formación y experiencia del candidato y se podrán establecer requisitos específicos para el desempeño de determinados cargos.

Además de la idoneidad, el texto incide en la necesaria eficacia y eficiencia que deben tener los altos cargos públicos en el ejercicio de sus funciones. En este sentido, tendrán que planificar su actividad anual, publicando los objetivos y medidas concretas a desarrollar, junto con indicadores para que los ciudadanos puedan medir el cumplimiento de los mismos.

Respecto al régimen de conflictos de intereses y de incompatibilidades de los altos cargos públicos, se establece que deberán dedicarse de forma exclusiva a su desempeño y solamente podrán percibir una retribución. En los dos años posteriores a la finalización de su responsabilidad pública, no podrán integrarse en empresas, fundaciones, asociaciones u otras instituciones relacionadas con dicho cargo.

Para el control de esta medida, se prevé que los altos cargos deberán comunicar a la Oficina de la Transparencia las actividades que fueran a desempeñar, así como la empresa o institución en la que fueran a hacerlo.

También deberán realizar declaraciones de intereses y actividades, que serán publicados en el Portal de la Transparencia, así como una declaración patrimonial que comprenda la totalidad de sus bienes, derechos, obligaciones y rentas y sus declaraciones tributarias del IRPF y del Impuesto del Patrimonio.

Al cese de los altos cargos, la Oficina de la Transparencia elaborará un informe sobre su evolución patrimonial, que tendrá la obligación de denunciar de oficio cualquier situación de la que considere que se pueden derivar responsabilidades de cualquier índole.

El régimen sancionador, siguiendo la regulación establecida para los altos cargos del Estado, incluye en gran parte de los supuestos la destitución inmediata en el cargo, así como la prohibición de ocupar un alto cargo hasta un máximo de 10 años en función de la gravedad de la infracción.

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