La Audiencia Nacional confirma el procesamiento de Otegi y de otros 36 procesados por integración en ETA

Actualizado: martes, 24 octubre 2006 15:31


MADRID, 24 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia Nacional confirmó hoy el procesamiento por un delito de integración en organización terrorista del líder de Batasuna Arnaldo Otegi, del miembro de la mesa nacional de esta organización Rufino Etxeberría y de otros 35 implicados en el sumario 35/02, en el que el juez Baltasar Garzón investiga la presunta financiación de ETA a través de la red de herriko-tabernas controlada por la formación ilegalizada.

El tribunal, que integran los magistrados Fernando Bermúdez de la Fuente, Carmen Paloma González y Juan Francisco Martel, señala que, sin entrar en el fondo del asunto, los procesamientos dan una explicación "lógica, ajena a cualquier capricho irrazonable", sobre la posible participación delictiva de los implicados "en entidades públicas y privadas que pudieran tener por finalidad desarrollar la estrategia de atemorización social que guía a la banda terrorista ETA".

Añade que las organizaciones y empresas citadas en la instrucción, indiciariamente, "utilizan las posibilidades que les brinda el ordenamiento jurídico para desarrollar sistemas de control social y sistemas de financiación, bajo la superior dirección y tutela de ETA, dirigidos a consolidar social y económicamente a la organización terrorista nombrada, como forma de consolidar su estrategia independentista fuera de los cauces democráticos y de terror en el llamado frente institucional".

El tribunal rechaza los nueve motivos presentados por la defensa de los procesados durante la vista por el recurso de apelación que se celebró el pasado miércoles contra los autos de procesamiento dictados el 25 de enero de 2005 por Garzón contra 36 de los imputados, entre ellos el ya fallecido Jon Idígoras, y posteriormente - el 2 de junio de ese mismo año-, contra Otegi y el ex parlamentario huido Jon Salaberría, suscrito éste último por su sustituto Fernando Grande-Marlaska.

Fuentes jurídicas informaron hoy que la Sala aún tiene pendiente notificar el auto referido al recurso de apelación contra otro auto de procesamiento dictado por Grande-Marlaska, el 28 de febrero de 2005, también por un delito de integración, contra los ex parlamentarios abertzales Joseba Permach, Joseba Alvarez y el huido José Antonio Urrutikoetxea Bengoetxea, alias "Josu Ternera". La apelación fue presentada por los dos primeros.

APELACIÓN

Los abogados defensores de Otegi y el resto de procesados, Ione Goirizelaia y Pedro María Landa, solicitaron la revocación de los citados autos, entre otros motivos, por considerar que el juez instructor había confundido la actividad política de sus clientes en el seno de organizaciones legales con una supuesta e inexistente actividad delictiva, que las imputaciones eran inconcretas y que no deberían considerarse delictivas actividades como la aportaciones de simpatizantes a las herrikos, el cobro de cuotas o la organización de loterías. El teniente fiscal de la Audiencia Nacional, Jesús Santos, defendió la confirmación de los procesamientos.

La Sala concluye que los procesamientos están justificados porque, tal y como se exige en este momento de la investigación, la decisión de Garzón "descansa en indicios, que no en pruebas", y que además el instructor ha analizado "de modo razonado y razonable el ingente material documental acumulado a lo largo de la ausa y llega a la conclusión de los procesamientos impugnados".

Añade que la extensión los autos del Juzgado Central de Instrucción número 5 se halla justificada "por la índole de la materia de que se trata, con indudables connotaciones políticas y que afectan a multitud de personas que desarrollan sus actividades en el seno de partidos, asociaciones y entidades en su día creadas en el marco de la legalidad vigente". Los delitos imputados, según la Sala , son de los llamados "formales o de simple actividad, que no requieren de un concreto resultado", lo que implica que su constatación no sea tan fácilmente aprehensible y se exija para ello "mayores explicaciones sobre los distintos elementos indiciarios".

Por todo ello, la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia califica de "totalmente adecuado y cabal" el desarrollo histórico expresado en los autos por el instructor "para exteriorizar la presunta actividad comisiva de los recurrentes" y agrega que en esta fase procesal no debe rechazarse ninguna diligencia de investigación practicada", sin perjuicio de lo que pueda acordarse en el futuro juicio oral. En la causa se han ido incorporando más imputados, cuyo procesamiento aún está pendiente de decretarse por Garzón.

OTEGI

Precisamente el pasado viernes, Garzón rebajó de 650.000 a 50.000 euros la fianza que permitió a Otegi eludir la prisión provisional por su procesamiento en este sumario, al estimar adecuada la medida por no haberse saltado el ex líder de Batasuna ninguna de las comparecencias en comisaría que se le impusieron en mayo de 2005, que en principio fueron diarias y desde la semana pasada pasaron a ser quincenales.

El pasado 29 de marzo, Grande-Marlaska -quien sustituía en el Juzgado Central de Instrucción número 5 a Garzón, en viaje de estudios-, volvió a interrogar a Otegi y decretó su ingreso en prisión eludible con fianza de 250.000 euros como autor "mediato" o inductor de los 108 actos violentos cometidos durante la jornada de huelga convocada por la formación ilegalizada. Los actos imputados son de distinta gravedad, ya que en ellos se incluye desde sellar con silicona cajeros automáticos hasta las bombas colocadas por ETA en las carreteras de acceso al País Vasco. Un año antes, en mayo de 2005, el mismo juez había procesado a Otegi por integración en organización terrorista y en dicha ocasión se le impuso una fianza de 400.000 euros para eludir la cárcel.

Ayer, la Sala del 61 de Tribunal Supremo solicitó a Garzón testimonio de esta causa en lo referido a las herriko-tabernas, con el objeto de proceder a inventariar sus bienes en ejecución de la sentencia de ilegalización de Batasuna dictada en marzo de 2003.

En el auto en el que procesó a 36 responsables de Batasuna en enero de 2005, Garzón explicaba que Herri Batasuna no sólo forma parte de la organización terrorista ETA como brazo político, "sino como una estructura más del complejo político-violento diseñado para conseguir una finalidad concreta a través de la subversión y la alteración de la paz pública, cual es la autodeterminación de la denominada 'Euskal Herria'". "Para ello, sus responsables anteponen a cualquier otro medio el ejercicio de la violencia contra personas y cosas, cuya práctica, no sólo justifican, sino que consideran imprescindible para la solución de lo que denominan 'conflicto' y que no es más que una actividad criminal de contenido terrorista", continuaba la resolución.

En cuanto a las herriko tabernas, el juez señalaba en su auto, hoy confirmado, que "parece claro la sumisión y dirección de las mismas al proyecto común, controlado por la Comisión Nacional de Herrikos, controlada a su vez por la Mesa Nacional".

La extensa resolución dictada entonces por Garzón, de 267 páginas, reproducía un informe pericial sobre las pérdidas económicas provocadas por ETA: en el periodo 1994-2003, las cifra en 4.339 millones de euros, a los que hay que sumar los 3.497 millones que provocó el cierre de la central de Lemoniz. Además, según estudios que recoge el magistrado, el PIB en el País Vasco disminuyó en 89.880.200.000 euros en el citado periodo.