Actualizado: lunes, 23 enero 2017 15:57

Avala la doble vía en la investigación, el atentado y la falta de seguridad en la embajada

MADRID, 23 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha avalado la doble vía de investigación desarrollada por el juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz por el atentado contra la embajada española en Afganistán cometido el 11 de diciembre de 2005 en el que murieron dos policías. Apoya que se investigue por un lado el atentado en sí y por el otro la falta de seguridad en la embajada.

En un auto dado ha conocer este lunes, la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia Nacional rechaza los recursos de apelación presentados por la Fiscalía y por la Abogacía del Estdo contra el auto por el que el titular del Juzgado Central de Instrucción número 1 admitió el pasado mes de diciembre el desglose de las actuaciones. Esta doble vía es consecuencia de la admisión, un mes antes, de la querella presentada por la familia de uno de los fallecidos.

En este procedimiento se indaga, por un lado, el atentado como terrorismo y, por otro, la posible responsabilidad de las autoridades españolas por una falta de diligencia en la seguridad de la legación diplomática y en el que están como investigados, por delito de homicidio imprudente, el embajador y el segundo embajador en aquella fecha, Emilio Pérez de Agreda y Oriol Sola Pardel, respectivamente.
* En su auto, los magistrados de la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia Nacional desestiman los recursos si bien comparten tanto con la Fiscalía como con los servicios jurídicos del Estado ciertas dudas sobre el objeto del procedimiento puesto que, "según lo instruido hasta la fecha, se puede deducir con claridad que el atentado causó los citados resultados personales luctuosos".*

Una vez precisado lo anterior, la Sala reprocha que ninguno de los recurrentes actuaran contra el auto de admisión de la querella. Si bien de lo investigado hasta el momento se deduce que el atentado desencadenó la muerte y las lesiones, "dato que no aparece encajar con la imputación delictiva atribuida a los querellados", como en su momento no se recurrió el auto de admisión, la Sala no puede hacer otro tipo de consideraciones.*

La querella aceptada en noviembre acusa a Pérez de Agreda de no atender "nunca" las recomendaciones y peticiones de mayor seguridad para la Embajada, que se remontan al inicio de su construcción, en el año 2008.

Los denunciantes aseguran que las deficiencias se comunicaron también a Exteriores y que la mañana del día en que se produjo el atentado se alertó, por los servicios secretos franceses, del riesgo de ataque. "Esto debería haber provocado la toma extraordinaria de medidas" que hubieran evitado la explosión de un coche bomba en los muros de la legación, dicen los familiares, señaló entonces el juez Pedraz.

Las instalaciones de la Embajada, con garitas de paja, ventanas de plástico y puertas de madera, no eran las adecuadas para el lugar donde se encuentra, añade la querella que destaca que la sede diplomática está, además, situada fuera del perímetro de seguridad, en un barrio "rodeado de casas de militares y de señores de la guerra".

El domicilio del embajador --que estaba de vacaciones el día que se produjo el atentado-- sí se encuentra, no obstante, en la conocida como 'zona verde'. Pérez de Agreda mantuvo, a pesar de ello, un "mutismo absoluto" sobre estos problemas y "ponía en constante riesgo" a los ocupantes del edificio al permitir "el trasiego de mercaderes" que paseaban por la legación ofreciendo productos como joyas y alfombras, dicen los familiares.

Además de aceptar la competencia, el magistrado incorporó las diligencias que hasta la fecha tenía abiertas la Fiscalía de la Audiencia Nacional, que ya investigaba el atentado.

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