El censo se basará en el Registro de población de Cataluña y el de catalanes en el extranjero

Decreto de convocatoria de la consulta del 9N
GOVERN
Actualizado: sábado, 4 julio 2015 2:07

La lista definitiva de votantes se difundirá el 16 de octubre

BARCELONA, 27 Sep. (EUROPA PRESS) -

El censo para la consulta de autodeterminación convocada para el 9 de noviembre se basará en el Registro de población de Cataluña -que elabora el Institut d'Estadística de Cataluña-- con fecha 1 de julio de 2014, y en el registro de catalanes en el extranjero, que se cerró este viernes antes de que se convocase oficialmente la votación.

Así se establece en el anexo del decreto de convocatoria que ha firmado este sábado el presidente de la Generalitat, Artur Mas, y que estipula el reglamento según el que se debe de regir la consulta del 9 de noviembre, que destaca que la lista definitiva de personas llamadas a votar el 9 de noviembre se difundirá el 16 de octubre.

El mismo anexo prevé que puedan votar los mayores de 16 años que tengan 'condición política' de catalanes, incluyendo aquellos que viven en el extranjero y que se hayan inscrito en el registro habilitado al efecto, mientras que no podrán hacerlo los catalanes empadronados en el resto de España.

Además, pueden acudir a las urnas aquellos inmigrantes comunitarios que lleven más de un año viviendo en Cataluña, así como los no comunitarios que acrediten más de tres años con permiso de residencia, siempre y cuando soliciten entre el 1 y el 7 de octubre poder participar en el 9N.

El censo era uno de los aspectos que generó más debate en la ponencia conjunta que redactó la ley de consultas, ya que para poder diferenciar la consulta de un referéndum y evitar la posible inconstitucionalidad de la norma era necesario que los ciudadanos llamados a votar no coincidiesen con el censo electoral.

El mismo reglamento estipula que los encargados de velar por el funcionamiento de la consulta será la Comisión de Control --cuya composición decidirá el Parlament en el próximo pleno-- y las siete comisiones territoriales de seguimiento: Barcelona, Girona, Lleida, Camp de Tarragona, Cataluña Central, Alt Pirineu y Aran y Terres de l'Ebre.

VOTACIÓN

El reglamento de la consulta establece que los puntos de votación el 9 de noviembre permanecerán abiertos ese domingo desde las 9 horas de la mañana hasta las 20 horas de la tarde, y prevé que la votación anticipada se lleve a cabo entre los días 20 y 25 de octubre.

Solo podrán votar de forma anticipada los catalanes que vivan en el extranjero o se encuentren fuera ese fin de semana, que estén hospitalizados ese día, que tengan un alto grado de dependencia, los presos, las fuerzas de seguridad, los bomberos, el personal sanitario y farmacéutico, el personal directamente implicado con las actividades del 9N, el personal de centros penitenciarios y el personal esencial para el funcionamiento de infraestructuras críticas.