Rueda de prensa de Méndez de Vigo tras el Consejo de Ministros
EUROPA PRESS
Actualizado: viernes, 20 octubre 2017 15:07

MADRID, 20 Oct. (EUROPA PRESS) -

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El Consejo de Ministros ha acordado este viernes impugnar ante el Tribunal Constitucional el acuerdo de la Generalitat de Cataluña del 2 de octubre por el que creó una comisión sobre violación de derechos fundamentales durante el referéndum de independencia del día 1 "como consecuencia de las acciones y omisiones" de las instituciones del Estado.

El Gobierno entiende que este acuerdo vulnera competencias exclusivas del Estado en materia de Justicia y de legislación procesal, así como "otros muchos principios" como la presunción de inocencia y el derecho al honor, ha dicho el ministro portavoz, Iñigo Méndez de Vigo, en rueda de prensa tras el Consejo de Ministros.

Méndez de Vigo ha explicado que esta comisión sería "una especie de organismo parajudicial" que tendría además a su servicio a la policía autonómica catalana "para investigar infracciones cometidas por cualquier poder que no sea la Generalitat".

En el acuerdo del dos de octubre, la Generalitat señala que la comisión investigará actuaciones y omisiones "imputables a las instituciones y órganos del Estado y, de forma particular, de las actuaciones del Gobierno del Estado, de la Fiscalía, del poder judicial y de las fuerzas y cuerpos de seguridad" tras los "hechos gravísimos fruto de la violencia y la represión policiales".

COMPETENCIAS EXCLUSIVAS DEL ESTADO

El acuerdo de la Generalitat atribuye a este gobierno autonómico funciones reservadas al Poder Judicial para determinar si se ha producido una violación de los derechos humanos en la actuación de los poderes públicos, según explica el Gobierno.

En concreto, vulnera las competencias exclusivas del Estado previstas en los artículos 149.1.5ª (Administración de Justicia) y 149.1.6ª (legislación procesal), en paralelo a las vulneraciones de los artículos 18, 24 y 117 de la Constitución y por las mismas razones.

Igualmente, el Gobierno cree que resultan vulnerados los artículos 149.1.18ª (bases del régimen jurídico de las Administraciones Públicas y procedimiento administrativo común) y 149.1.29ª (seguridad pública) de la Constitución Española, al atribuirse la Generalidad de Cataluña la revisión de la actuación de la Administración General del Estado, sus autoridades y empleados públicos.

También entiende que resultan incumplidos los artículos 1.1, 9.1 y 103.1 de la Constitución, así como se vulneran los derechos relacionados con la presunción de inocencia, la prohibición de la indefensión en el artículo 24 de la Constitución y la garantía del derecho al honor recogido en el artículo 18 de la Constitución Española.

El acuerdo no prevé ademças trasladar la investigación a los órganos judiciales, lo que resulta inconstitucional y contrario a la legislación procesal (artículo 259 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal).

Resultan vulnerados también los artículos 1.2, 1.3 y 168 de la Constitución Española, en cuanto se establece que evitar un referéndum ilegal de independencia de Cataluña supone una vulneración de derechos fundamentales y se tiene, además, tal referéndum por celebrado. Igualmente, la policía autonómica estaría al servicio de la nueva Comisión, lo que refuerza su configuración para-judicial.

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