Imputados en caso Cooperación piden anulación su procesamiento por falta documentación y pruebas pendientes de práctica

Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana
EUROPA PRESS
Actualizado: miércoles, 5 junio 2013 15:56

Catalá atribuye el cambio de fecha en el texto que eximía a Fundación Cyes de irregularidades por "asear" expedientes desordenados


VALENCIA, 5 Jun. (EUROPA PRESS) -

Algunas de las personas imputadas en el 'caso Cooperación' han solicitado en el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) que se anule su procesamiento en base, fundamentalmente, a dos motivos: la documentación a la que todavía no han podido acceder; y por el hecho de que existan pruebas pendientes de práctica, que están admitidas a trámite.

Así consta en los recursos interpuestos --a los que ha tenido acceso Europa Press-- por el presidente de la Fundación Cyes, Marcial López, y una trabajadora de la entidad, Josefa Cervera Tomás; la exsecretaria general de la extinta Consejería de Cooperación, Tina Sanjuán; y el empresario, actualmente en prisión, Augusto César Tauroni, quien es considerado el presunto cabecilla de la trama.

Estos recursos, que se presentaron a finales del mes de mayo, se dirigen contra el auto de procedimiento abreviado dictado por la magistrada de la causa, que en la práctica equivale al procesamiento. En el mismo, la instructora dio 10 días a las acusaciones para presentar sus calificaciones, algo que ya hicieron este lunes. Ahora tendrá que pronunciarse sobre estos recursos, puesto que su resolución era recurrible.

En general, en estos recursos, los imputados piden la nulidad del auto por violación de los derechos fundamentales a la tutela judicial efectiva y a un proceso con todas las garantías con prohibición de cualquier indefensión, en relación con la vulneración del derecho de defensa.

Los imputados coinciden en sus recursos en que se cerró la instrucción sin que se haya concluido la práctica de las diligencias previas. Entre algunos ejemplos, se cita unas aclaraciones solicitadas a un perito judicial en relación con el informe que elaboró y que consta en la causa.

Asimismo, alegan que "nunca", a lo largo del proceso, se ha trasladado a las partes personadas 15 piezas de las 24 existentes, de modo que las partes "no han podido instruirse adecuadamente para ejercer el derecho de defensa en la fase de investigación", según expone el abogado de López y Cervera.

Este mismo letrado, en relación con sus representados, también alega que no se han concretado los delitos, y agrega que los hechos "punibles" a los que se alude "están basados en simples conjeturas, subjetivas y carentes de razón". Entiende que para adoptar una decisión así --procesamiento-- "se exige un mayor incremento de la probabilidad y menos incertidumbre".

"INCONTESTABLE PRECIPITACIÓN"

Por su parte, el abogado de Tina Sanjuán destaca en su escrito la "incontestable precipitación" en el dictado del auto de transformación del procedimiento, e insiste en que existen diligencias de prueba solicitadas y admitidas que no han sido practicadas. Así, entiende que "la obsesión por la celeridad que se ha detectado en la presente causa no puede prevalecer sobre derechos constitucionales de las personas sometidas al proceso".

Asimismo, el letrado de Tauroni coincide en la falta de diligencias pero, además, vuelve a pedir que se solicite a la Consejería de Justicia y Bienestar Social --antigua Solidaridad-- expedientes de cooperación de 2010 y 2011, concedidos a ONG, para justificar la "inexistencia" de irregularidad administrativa en escritos los investigados.

A su entender, se hace "ineludible" poder comparar los proyectos objeto de delación penal con aquellos otros que, en igualdad de condiciones, han sido tramitados con posterioridad, para comprobar que: "todos los proyectos recogen los mismos conceptos en su formulación; presentaban los mismos formatos que otras organizaciones no investigadas; y no existe diferencia de trato por parte de la Administración entre las distintas ONGs", entre otros.

"CARECE DE RELEVANCIA PENAL"

Por otro lado, el que fuera subsecretario de la Consejería de Solidaridad, Alexandre Catalá, también ha presentado un recurso al mismo auto, que se fundamenta, básicamente, en desmentir irregularidades en la firma de dos certificados, con fecha 8 de julio de 2010, respecto a dos expedientes a la Fundación Cyes; y en la redacción del escrito remitido a la Fiscalía el 14 de octubre del mismo año.

En cuanto a los certificados, que eximían a la fundación de irregularidades --excluía la compra de pisos y garajes--, documentos e informes que obran en la causa indican que se firmaron en octubre en lugar de julio, tal y como figuraba en los escritos. Así, quedó probado que Catalá firmó estos certificados tras una reunión convocada por Blasco, días antes que Fiscalía abriera una investigación por este asunto.

Al respecto, el letrado de Catalá expone en su escrito que la fecha antedatada de las certificaciones, "adjuntando simples listados", "carece de toda relevancia penal". A su entender, "se están deduciendo indicios de falsedad, donde no existe más conducta ni pretensión que la de asear y hacer presentables unos expedientes desordenados y gestionados con total simplificación de sus trámites".

En este sentido, indica que entre los días 6 y 7 de octubre de 2010, ante las noticias de que la consejería compraba pisos con dinero del Tercer Mundo, "se generó una situación de crisis que fue abordada por el propio consejero, quien decidió poner en manos de la Sindicatura de Cuentas, Fiscalía, Grupos Parlamentarios y Prensa, los expedientes G1 y G2 de Cyes para su libre examen y fiscalización".

Con la finalidad de su exhibición pública, "se acordó ordenar, testimoniar, foliar y encuadernar la totalidad de los expedientes para "embellecerlos" o "hacerlos accesibles" ante "quienes los habían de examinar". En este contexto, agrega, es en el que se consideró oportuno que se incorporara un listado de las facturas admitidas y rechazadas.

Catalá alegó en su declaración, según recoge el escrito, que no fue consciente al firmar los certificados de que llevaran una fecha antedatada, pero en cualquier caso, "no revela más que la total ajenidad del subsecretario en la tramitación de los expedientes". "La simple alteración de la fecha, queda extramuros de un posible delito de falsedad en documento público u oficial", añade.