Actualizado: lunes, 25 septiembre 2017 5:23

Los denunciantes reclamaban más de 5 millones de euros al expresident y tres de sus consejeros

MADRID, 25 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal de Cuentas comunicará este lunes las conclusiones de la instrucción judicial de las diligencias abiertas contra el expresidente de la Generalitat Artur Mas y tres de sus consejeros por usar fondos públicos en la consulta soberanista del 9 de noviembre de 2014. En ese acta de liquidación se concretará lo que reclaman a cada uno de ellos y las fianzas que se les imponen, aunque aún tendrán un último plazo de alegaciones antes de que las cifras sean definitivas.

Los denunciantes, Societat Civil Catalana (SCC) y la Asociación de Abogados Catalanes, reclamaban en conjunto la devolución de algo más de cinco millones de euros en concepto de responsabilidad contable por el uso irregular de dinero público.

A la sede del Tribunal de Cuentas han sido citados este lunes por la mañana el expresidente catalán Artur Mas, su exvicepresidenta Joana Ortega, y los exconsellers Irene Rigau (EDucación) y Francesc Homs (Presidencia), así como a otras siete personas que participaron en la organización de los gastos para el referéndum del 9-N: el exsecretario general de la Presidencia de la Generalitat Jordi Vilajoana, más Lluis Bertrán i Saura, Josefina Valls i Villa, Carolina Pardo Miguel, Jaume Domingo i Planas, lgnasi Genovés i Avellana y Jordi Serra i Catalán.

A este trámite, con el que se pone fin a la fase de instrucción, los citados no tienen que acudir personalmente, sino que pueden enviar a sus representantes legales.

Allí se les facilitará la denominada acta de liquidación provisional, donde se especificará la cantidad que provisionalmente se pedirá a cada uno de investigados. A partir de ahí, se abrirá un plazo para alegaciones de 15 días y, si se confirman las cifras, ya se les exigirá el "depósito y afianzamiento de los daños perjudicados al erario público a los presuntamente responsables".

Todo ello, sin perjuicio de lo que, posteriormente, se decida en el correspondiente procedimiento de reintegro por alcance, dado que la fianza sólo tiene como objetivo garantizar que los investigados puedan hacer frente a una eventual condena futura.

EL PROCEDIMIENTO "HABITUAL"

El Tribunal de Cuentas ya dijo que con Artur Mas y demás investigados se ha seguido el "procedimiento habitual" en los casos de alcance o malversación por daño a los fondos públicos, según lo previsto en la Ley de Funcionamiento del Tribunal.

La denuncia de Societat Civil Catalana (SCC) y la Asociación de Abogados Catalanes se justificaba en que, aunque Mas y sus consejeros ya habían sido condenados por desobedecer al Tribunal Constitucional al organizar aquella consulta de 2014, ello no les eximía de su responsabilidad contable por el uso irregular de dinero público.

En concreto, los denunciantes individualizaban una serie de gastos públicos por un importe global de más de 5 millones de euros: construcción de una página web institucional (14.837.60 euros); material para la votación (70.532,08 euros); adquisición de ordenadores portátiles para las mesas de votación (828.171,42 euros); póliza aseguradora para voluntarios (1.409,26 euros); apoyo informático a la consulta (1.106.185,77 euros) y envío de información (307.962,71 euros).

Las asociaciones acusaron a Mas y a sus exconsejeros de facilitar la logística y todos los medios los medios materiales y presupuestarios necesarios para la realización de la consulta popular, "por lo que destinaron caudales y efectos públicos puestos a su cargo para una finalidad ajena a las competencias y funciones públicas que tenían encomendadas, que aunque amplias, lógicamente, no eran ilimitadas".

También señalaron en su denuncia como objeto de responsabilidad contable el hecho de que los dirigentes denunciados ordenaran a subordinados y entes públicos dependientes, cada uno dentro del ámbito de su ámbito de responsabilidad institucional, "la aplicación económica de fondos públicos por un importe no inferior a 5.129.833 euros para realizar un conjunto de actuaciones en abierta y franca contradicción con la Constitución, desprovistas de soporte presupuestario por desborde competencial, y desobedeciendo la orden de suspensión que había decretado el Tribunal Constitucional".

INHABILITADOS POR EL SUPREMO

Este procedimiento contable se suma a las condenas de los cuatro políticos catalanes, que ya fueron sentenciados por la vía penal. Por un lado, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) condenó a dos años de inhabilitación a Artur Mas y a nueve meses a las consejeras Ortega y Rigau por desobedecer al Tribunal Constitucional con la consulta independentista celebrada el 9 de noviembre de 2014. Por su parte, Francesc Homs fue juzgado por el Tribunal Supremo en calidad de aforado por su condición de diputado e igualmente condenado a un año y un mes de inhabilitación por los mismos hechos.

En su resolución, el Tribunal Supremo precisó que limitaba su ámbito de conocimiento a los delitos por los que se le acusaba y no se cuestionaba si la aplicación económica de los fondos públicos tiene relevancia penal. Por ese motivo no entró a valorar si había existido malversación de fondos públicos con la organización de la consulta, que supuso un desembolso para las arcas públicas de 5 millones de euros.

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