La juez rechaza el recurso del fiscal contra la primera exhumación del Valle de los Caídos

Actualizado: miércoles, 25 mayo 2016 18:18

La Fiscalía alegó que el auto no le fue notificado, pero el juzgado dice que "lo cierto" es que consta como remitida desde quince días antes

MADRID, 25 May. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de primera Instancia número 2 de San Lorenzo de El Escorial ha rechazado el recurso de la Fiscalía contra la primera exhumación de los restos de dos fusilados que se hará por la vía civil en el Valle de los Caídos por haber sido presentado "fuera de plazo".

En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la juez Blanca María Sánchez-Blanco califica de "extemporáneo" el recurso del Ministerio Público, que argumentó no haberlo interpuesto con anterioridad debido a que el auto no le fue notificado hasta el pasado 12 de mayo.

"A pesar de las manifestaciones por el Ministerio Fiscal respecto a la fecha de notificación, lo cierto, es que este Ministerio fue notificado el 1 de abril a las 8:43 horas, como así consta en la confirmación del rightfax obrante en las actuaciones", responde la magistrada.

"Es por ello que, aunque el Ministerio Fiscal se de por notificado el 12 de mayo de 2016, lo cierto es que la notificación a efectos legales se produce cuando la resolución es realmente remitida por parte del juzgado y recibida por el Ministerio Fiscal", prosigue la juez, para recordar que estas actuaciones han sido verificadas a través del sistema 'rigthfax' que garantiza la seguridad y la veracidad de las mismas entre los juzgados de la Comunidad de Madrid.

El abogado de la demandante, Eduardo Ranz, ha informado a Europa Press de que presentará una queja ante la Fiscalía General del Estado, por haber recurrido un auto quince días después dela fecha límite, lo que supone, a su juicio, una "temeridad contra las víctimas del franquismo que buscan su verdad y la reparación.

"DERECHO A UNA SEPULTURA DIGNA"

El juzgado admitió a trámite la petición de Purificación Lapeña respecto a su abuelo y su tío abuelo Manuel y Antonio Ramiro Lapeña Altabás, fusilados en Calatayud en 1936 y trasladados al Valle de los Caídos, al entender que "el derecho a una sepultura digna está indisolublemente unido a la dignidad propia de todo ser humano, con independencia a la forma en la que falleció".

El juzgado acuerda que se inscriba en un registro público que Manuel Lapeña, fundador de la CNT de Calatayud, desaparecido el 27 de julio de 1936 y con acta de defunción del 14 de agosto de ese año, fue fusilado por las autoridades en el barranco de La Bartolina y enterrado en una fosa común, "sin que conste juicio con condena a pena de muerte conforme legislación vigente en el momento de los hechos, con carácter legítimo".

Y que su hermano Antonio Ramiro, tras ocultarse de las autoridades, se entregó en octubre de 1936, y fue fusilado el 20 de octubre de 1936 en la tapia del cementerio municipal de Calatayud, enterrándose sus restos en una fosa común, sin que tampoco conste juicio con condena a pena de muerte conforme legislación vigente en el momento de los hechos.

El juzgado considera que existe una "alta probabilidad" de que los restos cadavéricos se encuentren en los columbarios comprendidos entre el 2061 y 2069 de la cripta principal, por lo que entiende que la "única forma de acreditarlo" es a través de la prueba de ADN. El magistrado ha tenido en cuenta la imposibilidad legal de acudir a la vía penal y el hecho de que la Fiscalía no se haya opuesto a la medida.

El auto, que es firme, valora el criterio del Tribunal Supremo, la Organización de Naciones Unidas (ONU) y la jurisdicción civil para defender que los familiares de las víctimas tienen derecho a pedir su identificación, regularizar su situación y darles una digna sepultura, lo que supone la entrega de los restos cadavéricos.

Purificación Lapeña, que agotó la vía penal, explicaba en su demanda que su abuelo, Manuel Lapeña era veterinario y su tío abuelo, Antonio-Ramiro Lapeña, era herrero cuando desaparecieron en 1936. Fueron fundadores de la CNT en la localidad zaragozana de Villarroya de la Sierra y tras

Tras ser ejecutados aquel año, los restos mortales de sus familiares fueron trasladados al Valle de los Caídos por orden del Ministerio de Gobernación en 1959. La demandante pidió que se constatara la muerte violenta y se procediera a identificarlos y entregarlos a la familia para que los puedan enterrar donde deseen.