Juzgado de Mérida no admite a trámite el recurso de la exconsejera Mejuto por anulación de su nota en una oposición

Carrón caso Mejuto
EUROPA PRESS
Actualizado: miércoles, 8 julio 2015 1:51

MÉRIDA, 25 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Contencioso y Administrativo número 2 de Mérida ha dictado un auto por el que inadmite el recurso presentado por la exconsejera socialista María Jesús Mejuto, contra la resolución del Servicio Extremeño de Salud en la que anulaba la nota obtenida por ésta en una oposición de Cirugía General y le obligaba el examen.

Este auto judicial, de fecha 22 de julio, la jueza considera que en la vulneración del artículo 26 de la Constitución Española en la que, entre otros, Mejuto basa su recurso "carece del más mínimo fundamento", ya que en la resolución del SES "no se está creando ningún tribunal ad hoc", sino que "simplemente se está modificando la composición de un tribunal en uno de sus miembros" al entender que "concurren causas que le deberían haber llevado a abstenerse de formar parte" de él.

También rechaza el auto que se esté vulnerando el derecho de defensa y la presunción de inocencia, como alega el recurso de Mejuto, ya que la resolución del SES no impone "ninguna sanción" a la exconsejera, sino que da "respuesta a varios recursos presentados por distintos participantes en esta prueba selectiva" que consideraban que en el presidente del Tribunal "concurría una causa de abstención", relata la juez en su escrito.

El consejero de Salud y Política Sociosanitaria, Luis Alfonso Hernández Carrón, ha dado a conocer este auto una rueda de prensa que ha ofrecido en Mérida, y en la que ha valorado que la decisión judicial "desmonta la defensa de Mejuto y respalda, de forma rotunda, las sanciones legales que el Gobierno de Extremadura le impuso".

Hernández Carrón destaca que este auto no sólo "no admite" el recurso presentado por la exconsejera "porque entiende que no se vulnera ningún derecho fundamental" sino que además, "la condena a hacer frente al pago de las costas judiciales".

Igualmente, explica el consejero, el auto señala que Mejuto no puede alegar incumplimiento de los principios de "igualdad, mérito y capacidad", en tanto y cuanto, ninguno de los aspirantes a la prueba "era consejero de Sanidad de la Junta de Extremadura" en el momento en se nombró al presidente del Tribunal, tal circunstancia "ya es suficiente como para manifestar que no existe un término de comparación entre la recurrente y el resto de opositores".

A este respecto, Carrón ha considerado que el auto dictado por el Juzgado, "es muy convincente y muy duro" al indicar que la exconsejera de Sanidad socialista "no iba en las mismas condiciones que el resto de opositores".

EL PROCESO CONTINÚA

Por otra parte, el auto levanta la suspensión cautelar de la resolución presentada por el Servicio Extremeño de Salud (SES), de tal forma que el proceso selectivo continua para los opositores que aprobaron el exámenes y da vía libre a la Administración a la designación del nuevo presidente del Tribunal de oposición, tras lo cual se podrá realizar la nueva prueba a la exconsejera socialista.

En cuanto al rechazo del auto de que se esté vulnerando el derecho de defensa y la presunción de inocencia de Mejuto, ya que la resolución del SES no impone "ninguna sanción", Carrón ha declarado que con este auto, el Juzgado "ha refrendado" que el procedimiento del SES "no es un ataque" contra la exconsejera como "ella alegaba" sino que es una defensa de "la transparencia" que es lo que debe hacer "un gobierno serio".

"Lo único que hizo el SES fue dar respuesta a través de un procedimiento administrativo a los recursos que pusieron el resto de opositores que consideraron que sus derechos habían sido vulnerados por las relaciones de confianza que, entendían, existían entre la señora Mejuto y el presidente del Tribunal", ha señalado.

"Hoy sabemos como concebía la señora Mejuto los procesos selectivos porque comparar el Tribunal de oposición con un Tribunal de Honor, lo que se entiende es que se pensaba que era la capitana general del SES", ha añadido Carrón, al tiempo que ha destacado que la resolución "corrobora" algo "esencial y muy importante" y es que "no puede identificarse un proceso administrativo con una persecución política como pretendía".

Sobre este aspecto, y haciéndose eco de la sentencia, ha indicado que la Administración está actuando "deprisa por el interés general de opositores que han reclamado y siguiendo escrupulosamente de un procedimiento administrativo" y que lo que está haciendo la exconsejera socialista es convertir el procedimiento "en un sinsentido".

Para el consejero "queda demostrado" que el recurso presentado por Mejuto "era un intento de salvarse del procedimiento ordinario y para saltarse el procedimiento común alegando una vulneración de sus derechos fundamentales que jamás se han dado".

En cuanto a la resolución judicial, ha indicado que representa "el triunfo de la sociedad extremeña y de los opositores", así como de "la transparencia y la confianza que los ciudadanos pueden tener en el sistema".

Por último, ha recalcado que los procesos selectivos con el Gobierno de Monago "no volverán a convertirse en una fórmula para colocar a amigos y compañeros y que esta sentencia es un aviso a navegantes".

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