El Supremo admite la personación del PSOE en la causa contra Barberá, que declara el próximo lunes

Actualizado: viernes, 18 noviembre 2016 13:11

Conde-Pumpido le impuso una fianza de 3.000 euros que el partido ya ha satisfecho

MADRID, 18 Nov. (EUROPA PRESS) -


La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha admitido la personación del PSOE en la causa por la que el próximo lunes prestará declaración en calidad de investigada la exalcaldesa de Valencia y senadora Rita Bárbera, tras haber satisfecho la fianza de 3.000 euros que le impuso el magistrado instructor Cándido Conde-Pumpido.

Barberá , que es aforada ante el alto tribunal, declarará por la comisión de un presunto delito de blanqueo de capitales en el grupo municipal del PP en el Ayuntamiento de Valencia, en el marco de la Operación Taula, derivada del caso 'Imelsa'.

La fianza fue impuesta por Conde-Pumpido en cumplimiento del artículo 125 de la Constitución señala que el ejercicio de la "acción popular" está sometido a los presupuestos legalmente establecidos, como es la obligación de prestar una fianza para responder de las resultas del procedimiento que establece la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim).

Aunque el PSOE solicitó que no se señalase ninguna cuantía, Conde-Pumpido asumió en su día que existe una "cuestionable práctica judicial" que admite la personación de formaciones políticas como acusaciones populares en causas contra políticos y destacó que esto no excluía la adopción de "necesarias cautelas" para admitir una personación.

Además, el instructor advirtió del "serio riesgo de judicialización de la política" que supone que un partido político ejerza de acusación en una causa pena contra una persona que ha militado en un partido contrario. Todo ello, ante el riesgo de que se "transforme el área de debate procesal en un terreno de confrontación política".

PAGADO EL 2 DE NOVIEMBRE

En un auto dado a conocer este viernes, los cinco magistrados que componen la Sala señalan que el PSOE presentó un escrito por registro telemático el pasado 2 de noviembre adjuntando resguardo del ingreso de la fianza por el importe de 3.000 euros que le fue requerido, y que fue calificado de "bastante" en un auto dictado por el instructor dos días después. Tras tener constancia del pago, la Sala ha admitido la personación.

El Supremo abrió causa a Rita tras estudiar la exposición razonada que le remitió el juez de Instrucción número 18 de Valencia, Víctor Gómez-- que considera que la senadora 'popular' fue una más de las personas que reconocidamente efectuaron la aportación de 1.000 euros" por el que están imputados todos los concejales (excepto Eusebio Monzó, actual portavoz), exediles, asesores y exasesores valencianos que también realizaron el pago en vísperas de las elecciones de 2015.

Apuntaba también el juez valenciano que Barberá era la superiora jerárquica como alcaldesa y máxima responsable del grupo y que existía una relación personal de "estrecha confianza" entre la aforada y la principal investigada, la exsecretaria del grupo municipal María del Carmen García-Fuster, que gestionaba las cuentas bancarias del partido.

Antes de elevar la causa al Supremo, el magistrado Víctor Gómez ofreció a Barberá la opción de declarar, sin someterse a un interrogatorio. La que fue alcaldesa de Valencia durante más de 20 años presentó entonces un escrito de alegaciones en el que reconoce la aportación del dinero para la campaña de las elecciones de 2015 en las que ella optaba a la Alcaldía, aunque niega que se lo reintegraran.

Sus explicaciones, sin embargo, fueron "insuficientes" para el juez Gómez, que remitió la causa al Supremo. El alto triubnal la aceptó y designó al exfiscal general del Estado Conde-Pumpido como instructor de la misma.

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