El TS rechaza que el PP-A pueda personarse en solitario en los ERES y tendrá que compartir abogado

Actualizado: lunes, 2 marzo 2015 13:50

Confirma su legitimación como parte, que había sido cuestionada por Griñán

MADRID, 2 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha rechazado el recurso presentado por el PP-A contra la decisión de este órgano de unirles bajo una misma dirección letrada al resto de acusaciones personadas en la causa de los ERE, que son Manos Limpias y la Asociación Pro Justicia Siglo XXI -auspiciada por el abogado José Emilio Rodríguez Menéndez.

El auto, del que ha sido ponente el magistrado Miguel Colmenero, explica que su decisión de que las tres acusaciones populares actúen bajo una misma dirección y representación no suprime el derecho de defensa y asistencia letrada, sino que "modula su ejercicio en atención al interés general".

Añade el Supremo que los posibles inconvenientes que pudiera presentar la necesidad de actuar en el proceso y dirigirse al órgano jurisdiccional mediante una sola representación procesal y defensa, "pueden y han de ser" resueltos por la colaboración entre los distintos actores populares para hacer compatible la expresión de una posición común con los distintos matices que pudieran caracterizar su enfoque de la causa.

Además, el alto tribunal recuerda que las acusaciones se han personado en el ejercicio de la acción popular y que su propósito es buscar la verdad y alcanzar la justicia desde la perspectiva del interés general y no desde la defensa de intereses particulares, aunque lo sea con los matices que pueda aportar cada punto de vista particular.

El PP alegaba, entre otras cosas, que no es posible apreciar si los intereses de las diferentes acusaciones populares convergen o no puesto que únicamente la asociación de Rodríguez Menéndez ha presentado querella, "limitándose las otras dos partes personadas a un escrito de personación".

AÚN NO SON IRRECONCILIABLES

A este respecto, el Supremo destaca en el auto notificado este lunes que se acaba de iniciar la investigación y que aún no ha existido oportunidad de que las distintas partes personadas pudieran expresar diferencias en su enfoque del proceso que, además de ser razonables, resulten tan irreconciliables que no puedan resolverse en el marco de una sola representación y dirección en la causa, con criterios presididos por el respeto al interés general.

Tanto Manos Limpias como PP-A pidieron al Supremo su personación ser ya parte en la causa que investiga la juez Mercedes Alaya; mientras que la Asociación Pro Justicia Siglo XXI presentó una querella contra los cinco aforados por presuntos delitos de prevaricación, cohecho y malversación de caudales públicos en la que concluía pidiendo también su personación.

RESPUESTA A GRIÑÁN

Por otro lado, el Supremo rechaza la alegación de la defensa de José Antonio Griñán que había cuestionado la legitimación del PP-A y su propia existencia como tal fuera del PP nacional.

En este sentido, el auto afirma que la persona jurídica personada es el Partido Popular, pero, según sus estatutos, la denominación Partido Popular de Andalucía es la que corresponde utilizar cuando quienes actúan como Partido Popular son los órganos del mismo en esa Comunidad Autónoma.

En su escrito, la defensa del expresidente andaluz aducía que en la escritura del poder especial para pleitos otorgada ante notario consta el Partido Popular -en ningún caso el PP-A- y en representación del mismo es en el que actúa el abogado del partido nacional.

Añadía que la única formación inscrita en el Registro de Partidos Políticos del Ministerio del Interior es el PP nacional, y que además en sus Estatutos no se hace nunca referencia a un Partido Popular en Andalucía.

"De forma subsidiaria, la defensa de Griñán impugna el recurso del PP-A contra la decisión del Supremo de obligarle a concurrir conjuntamente con Manos Limpias y Rodríguez Menéndez porque las tres acusaciones populares "persiguen sin duda el mismo fin y comulgan con los mismos intereses".

Su inexistencia como partido haría además paradójico que fuera el PP en Andalucía el que encabezara la dirección de las acusaciones populares, insistía la defensa de Griñán.

PERSONACIONES ÁUN NO FORMALIZADAS

Pese a que el pasado 27 de enero el Supremo admitió inicialmente la personación del PP-A, del sindicato Manos Limpias y de la Asociación Pro Justicia Siglo XXI en la causa abierta en el Tribunal Supremo por los ERE, la realidad es que dichas personaciones aún no se han formalizado, han explicado a Europa Press fuentes del alto tribunal.

Una vez conocido el autode hoy el asunto será remitido al instsructor de la cauda, Alberto Jorge Barreiro, que tendrá que decidir si pide o no a las acusaciones populares la presentación de una fianza. Será a partir de ese momento cuando se les considerará formalmente como parte.

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