El TSJN estima una solicitud de indemnización de 54.000 euros al amparo de la ley de Víctimas de Terrorismo

Actualizado: sábado, 4 julio 2015 17:02

PAMPLONA, 19 Sep. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha estimado una solicitud de indemnización de 54.000 euros a favor de una víctima del terrorismo al amparo de la Ley Foral de Ayudas a las Víctimas del Terrorismo. Contra esta sentencia no cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

La demandante exponía en su recurso que "la Comunidad foral viene obligada a reconocer una indemnización consistente en el incremento en un 30 por ciento de las cantidades concedidas por la Administración estatal".

Añadía que había percibido, en concepto de indemnización por la Administración estatal la suma total de 180.000 euros, por lo que "la Comunidad Foral de Navarra debía abonarle la suma de 54.000 euros, que constituye el 30 por ciento del total".

La Administración foral expuso que no procedía conceder la indemnización solicitada al entender que "no se debe tener en cuenta el importe total de las indemnizaciones abonadas por la Administración estatal" y consideraba que el importe debía ser de 25.151,42 euros.

Según la resolución del director general de Presidencia y Justicia del Gobierno de Navarra, la indemnización prevista "se ha de calcular únicamente de la indemnización reconocida por la Administración estatal con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley Foral 9/2010, que ascendía a la suma de 83.838,06 euros".

La Sala de lo Contencioso-Administrativo expone en la sentencia que "no puede aceptar la tesis de la Administración demandada, que no encaja con el tenor literal de las normas citadas ya que no condicionan el percibo del incremento del 30 por ciento a cuándo se haya pagado la indemnización estatal".

"Se viene a establecer por la Administración una exigencia que el legislador no ha querido, y que colisionaría además con el espíritu de la norma, cuyo ámbito se extiende a los actos terroristas acaecidos a comienzos de los años 60. Se habla de indemnizaciones 'percibidas' del Estado y en el presente caso se han percibido por un importe total de 180.000 euros, por tanto, el 30 por ciento de incremento se ha de calcular respecto de esta cantidad", añade la sentencia.

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