El TSJPV declara "contraria a derecho" la colocación de la bandera republicana en el Ayuntamiento de San Sebastián

Bandera republicana en Ayuntamiento San Sebastian
PP
Actualizado: viernes, 3 julio 2015 1:46

SAN SEBASTIÁN, 9 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha declarado "contraria a derecho" la decisión del Gobierno municipal de Bildu de colocar la bandera de la Segunda República en la fachada de la Casa Consistorial, con ocasión del 14 de abril de 2012.

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJPV, en una sentencia fechada el pasado 29 de septiembre, a la que ha tenido acceso Europa Press, estima el recurso de apelación interpuesto por la Abogacía del Estado contra una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de San Sebastián de 9 de septiembre de 2013, que no consideraba ilegal la colocación de la bandera tricolor republicana en la citada ocasión.

La sentencia del TSJPV, que es firme y contra la cual no cabe recurso alguno, señala que "en la actividad que encarna el ejercicio de sus funciones, las instituciones y poderes públicos carecen de la libertad soberana de plasmar las propias preferencias o anhelos de sus cuadros ejecutivos y dirigentes".

Además, el tribunal considera en ese ámbito público "no cabe alterar los símbolos externos y representativos de cada institución" y destaca que el acto de la colocación de la bandera de la Segunda República "no se presenta ese aspecto conmemorativo despojado de toda intención reivindicativa o, al menos, deliberadamente evocadora de otro régimen político".

ESCOCIA

En ese sentido, cita como ejemplo que "nunca se entendería que un edificio público de la Unión norteamericana exhibiese la bandera de los antiguos Estados Confederados, ni se ha entendido en estos mismos días que la exhibición de banderas escocesas" - que el Consistorio donostiarra también colocó el pasado 18 de septiembre con motivo de la celebración de la consulta escocesa- "sea ajena a aspiraciones sobre el resultado del referéndum celebrado". "Resultaría insólito exhibir la bandera de la vecina república francesa por solo conmemorar el 4 de julio de 1780", añade.

El TSJPV afirma que "a la imagen exterior de los edificios públicos les es inherente y les resulta indisociable su sentido en la organización político-institucional del Estado, que no puede por ello ser arbitrada en cada momento y ocasión por quienes ejercen las potestades que les caracterizan, por más que estas provengan del sufragio o la elección popular".

Por otro lado, el portavoz del PP en el Ayuntamiento de San Sebastián, Ramón Gómez Ugalde, se ha felicitado por la sentencia ya que, según ha recordado, fue su formación la que solicitó a la Abogacía del Estado que interviniera por la colocación de la bandera republicana, y ha pedido a Izagirre que, en lugar de preocuparse por las banderas, "trabaje por los donostiarras y por su futuro, que bastante trabajo tiene".

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