El 39% de los navarros devolvió algún producto el año pasado

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EUROPA PRESS
Actualizado: sábado, 29 abril 2017 17:20

   Un 8% de las personas que devolvieron un producto tuvo problemas para hacerlo

   PAMPLONA, 29 Abr. (EUROPA PRESS) -

   El 39% de los navarros devolvió algún producto el último año, según una encuesta encargada a Cíes por la Asociación de Consumidores de Navarra Irache.

   Si se traslada el dato al universo del muestreo, serían 203.253 personas las personas que en Navarra han hecho alguna devolución, que se dan con más frecuencia entre los compradores de menos de 45 años y entre los residentes en la comarca de Pamplona.

   El 8% ha tenido algún problema a devolver el producto. Las dificultades más habituales suceden cuando el cliente entiende que tiene derecho a devolver el producto y que le devuelvan el dinero y el comercio le indica que no tiene por qué aceptar la devolución, sobre todo en las tiendas de ropa.

   En estos casos, Irache recuerda que el consumidor "sólo tiene derecho a devolver el producto si está defectuoso o no responde a lo que el comercio supuestamente le vendió". Por ello, "es fundamental solicitar el justificante de pago, ya que es la principal prueba de la adquisición en caso de que lo adquirido no sea por lo que ha pagado el usuario y quiera devolverlo", explica la asociación en un comunicado.

   El consumidor sí tendrá derecho a devolver un producto, incluso cuando corresponda a lo ofrecido, si el comercio ofrece vales o promociones que posibilitan la devolución de compras. En estos casos es fundamental conservar el tique o el anuncio "porque habrá que atenerse a las condiciones que en él se indiquen", ya que la devolución puede estar sujeta a un plazo de tiempo o a unas determinadas prendas.

   En compras realizadas en internet o en venta a domicilio en la vivienda del consumidor, el cliente tiene catorce días desde que recibe el producto para cancelar el contrato. Para ello, puede enviar a la empresa el documento de desistimiento o dirigirse a ella "declarar inequívocamente que quiere desistir del contrato, sin tener que dar ninguna explicación por ello". La empresa sólo podrá cobrar al consumidor los gastos de devolución, si es que se hace cargo de ellos.

   Si un producto adquirido no es conforme con el contrato, el consumidor puede optar por la reparación o sustitución del producto, Buena parte de los comercios "utilizan esta posibilidad para optar por reparar el producto sin ofrecer la sustitución", indica Irache que señala que la reparación o sustitución "debe ser totalmente gratuita y debe realizarse en un plazo razonable y sin mayores inconvenientes para el consumidor". Más allá del plazo de garantía, que queda suspendido durante la reparación en garantía, el vendedor deberá responder por los problemas surgidos por el arreglo en los seis meses posteriores.

   Si concluida la reparación, persiste el problema, el consumidor podrá exigir la sustitución o, si tampoco es posible, la rebaja proporcional del precio o la resolución del contrato.

   El consumidor debe informar al comercio sobre el defecto dentro de los dos meses después a haberlo detectado. Cuando no se pueda comunicar el problema al vendedor o suponga una "carga excesiva", el consumidor podrá reclamar al fabricante.

   Hay que tener en cuenta que durante los seis primeros meses de la garantía "se supone que el defecto ya existía en el momento de la venta, por lo que será el vendedor quien tendrá que demostrar que la responsabilidad es del consumidor si no quiere hacerse cargo", ha remarcado Irache.