Irache recomienda reclamar los productos financieros en los que no se informó "adecuadamente"

Actualizado: domingo, 31 enero 2016 16:20

PAMPLONA, 31 Ene. (EUROPA PRESS) -

   La Asociación de Consumidores Irache ha recomendado a los clientes que contrataron "productos financieros complejos sin tener la información adecuada" a que "reclamen sus derechos".

   Irache ha criticado la "falta de transparencia" a la hora de comercializar diferentes productos bancarios como swaps, participaciones preferentes, aportaciones financieras subordinadas o hipotecas con cláusulas suelo.

   La asociación se ha hecho eco en un comunicado de varias reclamaciones de sus usuarios donde señala que "en muchos casos" no se ofreció "la información adecuada al consumidor sobre el producto" ni se explicaron "sus características y riesgos". Irache añade que en otras ocasiones "el perfil del usuario no era el adecuado y en otras, ni siquiera se cumplió con la normativa de realizar los correspondientes test de idoneidad o conveniencia que afectaba a parte de los contratos".

   Ante estas circunstancioas, la asociación de consumidores ha destacado que "es imprescindible que los consumidores comprendan perfectamente las características y riesgos de los productos que contratan antes de suscribirlos" y ha considerado "conveniente" que los bancos ofrezcan "productos sencillos y fáciles de entender para sus clientes". De no ser así, Irache ha abogado por que la entidad financiera dedique mayores "esfuerzos de comunicación y ofrecer una información aún más precisa, comprensible y transparente, de tal manera que el consumidor, antes de firmar, sepa exactamente qué producto está contratando y a qué se expone con ello".

TRES SENTENCIAS FAVORABLES

   Irache ha informado sobre tres sentencias que han dado la razón a tres de sus asociados en litigios sobre productos financieros complejos.

   En uno de los casos, una entidad bancaria ha sido condenada a devolver los 4.000 euros que un matrimonio invirtió en participaciones preferentes. La asociación señala que el cliente dio un nivel "avanzado" en el test de conveniencia "pese a que el cliente tiene 'Educación primaria/básica' y que nunca ha trabajado en el sector". Además, se encontraba en ese momento en paro, lo que según el juez ""invita a presumir que ni él ni su esposa deseaban invertir sus ahorros en productos de riesgo". Irache afirma que sus asociados "desconocían que podían perder la inversión o sufrir pérdidas muy cuantiosas" y critica que le entidad no informara de que se había rebajado la calificación del producto antes de que se cursase la orden de inversión

   En la segunda sentencia, un banco deberá devolver los 2.527 euros que el demandante "ha tenido que pagar a la entidad en los últimos años a consecuencia del contrato de un swap que el juez ha considerado nulo". La sentencia afirma que el cliente "desconocía los riesgos que asumía al no haberle proporcionado, tendenciosamente, toda la información necesaria".

   En el último caso, una mujer ha recibido 9.459 euros de su banco al determinar un juez que las órdenes de compra que suscribió de aportaciones financieras subordinadas eran nulas por no proporcionarse "la suficiente información" a la consumidora.

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