Aviso: Esta noticia tiene más de un año. Última actualización: 23/11/2009 10:13
Madrid

Las farmacias tienen hasta el 17 de febrero para pedir autorización de sus cruces, que podrán brillar 24 horas

   MADRID, 23 Nov. (EUROPA PRESS) -

   Las farmacias madrileñas tienen de plazo hasta el 17 de febrero para pedir autorización al Ayuntamiento para instalar sus nuevas cruces de farmacia, que podrán brillar 24 horas, según indica Adefarma en su página web y recoge Europa Press.

    En octubre de 2008, la delegada de Medio Ambiente de la capital, Ana Botella, presentó una nueva ordenanza por la que se limita la iluminación en el centro Madrid, tanto en la cantidad de carteles como en la potencia de las luces. La nueva norma establece medidas específicas para los establecimientos con especiales condiciones de señalización, como es el caso de las oficinas de farmacia.

   Así, el bastidor de las cruces de malta o griegas de color verde características de las farmacias tiene que tener una dimensión máxima de 125 centímetros, tanto si se coloca como banderín o como si es una muestra sobre la fachada, y el saliente del soporte será de 30 centímetros máximo.

   Las cruces tendrán iluminación fija sin intermitencia, destellos ni mensajes móviles y podrá figurar el horario de la farmacia -12 H o 24 H- por sobrepasar los establecidos con carácter general, sin que puedan contener ningún tipo de logo, referencia a la actividad, nombre, información o publicidad.

   Se colocarán sobre la fachada propia del local y sólo se permitirá la instalación de una muestra y un banderín por fachada del local. En supuestos excepcionales, por la dificultad de visualizar el local desde la vía publica, se podrá colocar un banderín en la fachada de otro edificio distinto al del local, en cuyo caso el bastidor será como máximo de 90 centímetros.

   Aquellas instalaciones que, a la entrada en vigor de esta ordenanza, cuenten con licencia municipal y se ajusten a las condiciones por las cuales les fue concedida no tendrán que solicitar una nueva licencia, manteniendo su vigencia hasta el fin del plazo de concesión.

   En caso contrario, de no contar con la correspondiente licencia municipal, se tendrá que solicitar una nueva antes del 17 de febrero de 2010, la cual será indefinida y condicionada al ejercicio de la actividad por el titular de la misma. El cambio de titular impone solicitud de nueva licencia.

   Los impresos de solicitud pueden adquirirse en las Juntas Municipales de Distrito, en Adefarma en el Colegio de Farmacéuticos de Madrid.

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