El Gobierno reformará la legislación para mejorar la protección del consumidor en viajes combinados

Publicado: viernes, 3 noviembre 2017 17:43

MADRID, 3 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno ha aprobado este viernes el texto de un anteproyecto de ley para modificar la Ley General de Defensa de los Consumidores, con el que se pretende mejorar la protección de los usuarios de viajes combinados de acuerdo con una directiva de la UE que obliga a modificar la legislación española.

El Ejecutivo ha aprobado también tramitar la reforma legal por la vía de urgencia, debido a que el plazo para adaptar la ley expira el 1 de enero de 2018, según ha indicado el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

La nueva norma incluirá tanto la obligación de los empresarios y prestadores de los servicios de ofrecer información "transparente" sobre los productos contratables antes de la compra, como una serie de garantías para los viajes ya contratados.

Entre estas, establecerá que siempre habrá al menos una empresa responsable de la correcta ejecución de los servicios contratados, que los clientes reciban un número de teléfono o datos de contacto para contactar con el organizador del viaje o el minorista en caso de emergencia, y que podrá cederse el viaje a otra persona, siempre que se haga "con un plazo de antelación razonable", aunque podrá haber gastos asociados al cambio.

Además, sobre las modificaciones de precios en viajes ya contratados, permitirá únicamente los incrementos siempre y cuando estén contemplados en el contrato de compra, se produzcan en los 20 días anteriores al viaje y respondan a variaciones de precios de una serie de gastos específicos, como la gasolina. En todo caso, un aumento superior al 8% del importe original dará derecho al comprador a anular la compra y, si el contrato contempla la posibilidad de subidas de precio asociadas a gastos específicos, deberá también contemplar reducciones asociadas a los mismos.

Otras razones por las que el contratante podrá anular el contrato sin penalización y con derecho a reembolso, una vez se apruebe la reforma, será la "modificación significativa de alguno de los elementos esenciales del viaje combinado que no sea el precio", la cancelación por parte del empresario antes del inicio, y en caso de que organizador o el minorista incurra en insolvencia. En este último caso, si ocurre durante el viaje, se garantizará la repatriación de los viajeros.

Asimismo, aunque reconoce que se puede imponer una penalización asociada a la anulación del contrato por parte del viajero antes del viaje, se establecerá que esta deberá ser "adecuada y justificable" y que los viajeros tendrán derecho a anular el viaje sin el pago de dicha penalización cuando existan "circunstancias excepcionales" como "graves problemas de seguridad" y cuando "en
caso de no ejecución de los servicios ello afecte sustancialmente a la ejecución del viaje combinado".

Por último, impondrá la obligación del prestador de los servicios de ofrecer "fórmulas alternativas adecuadas, sin coste adicional" en caso de que una vez iniciado el viaje no puedan prestarse elementos significativos de este; obligará al organizador y al minorista a proporcionar asistencia al viajero en caso de que este "se encuentre en dificultades" y reconocerá el derecho de los usuarios a recibir un descuento o indemnización en caso de no ejecución o ejecución incorrecta de los servicios de viaje.